5 cosas que debes saber sobre la gratificación de julio

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Ya se viene el pago de la primera gratificación del año, que corresponde a las Fiestas Patrias, y las empresas están obligadas a depositar a sus trabajadores que están en planilla este derecho laboral. ¿Sabes cuál es el tiempo mínimo que debes tener laborando para que te toque este beneficio social? ¿Hasta cuándo es el plazo para depositar? Y, ¿Qué pasa si no te depositan? Aquí te lo contamos.

La gratificación es un derecho laboral que reciben los empleados dos veces al año por Fiestas Patrias y Navidad, feriados que demandan mayor cantidad de gastos personales y familiares ¿Sabes cómo calcular el monto que te deben dar?

A continuación, te contamos cinco cosas que debes saber sobre tu gratificación de julio:

1. ¿QUÉ ES LA GRATIFICACIÓN?

La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio y Navidad, en diciembre. La gratificación tiene como fin que el trabajador pueda afrontar los gastos adicionales que demandan estas festividades como viajes, excursiones, compras, entre otros, indica el Ministerio de Trabajo.

2. ¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS?

Para acceder al pago de la gratificación se requiere:

  • Ser trabajador del sector privado.
  • Deben estar en planilla.
  • Haber laborado al menos 1 mes entre enero y junio de 2022.

¿Cuál es el tiempo mínimo que necesito para recibir el concepto de gratificación?

Un mes. Si la persona trabajó solo 1 mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa, como sí lo harán los que están en planilla desde el 01/01/22. En el caso de la persona que trabajó un mes, el monto de pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.

3. ¿CUÁNDO SE DEBE DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN DE JULIO?

Las empresas deben depositar la gratificación antes del 15 de julio, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735). Si en caso, la quincena cae en día no hábil, el pago debe realizarse hasta el último día hábil anterior a esa fecha. Se estima que más de 4 millones de trabajadores en planilla del sector privado reciben el pago de la gratificación.

4. ¿CÓMO CALCULO EL PAGO DE MI GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS?

La gratificación de un trabajador del sector privado es de un sueldo bruto (no estará sujeto a ningún descuento AFP, Impuesto a la Renta, etc.), además de la bonificación extraordinaria del 9% del sueldo, correspondiente al aporte a Essalud.

  • Gratificación con bonificación de Essalud

La gratificación será el sueldo bruto más el 9% adicional del salario por concepto de Essalud.

Ejemplo: Si tu sueldo bruto es S/2,000, le debes agregar la S/180 (9% de S/2000) de la bonificación, lo que hace un total S/2,180.

  • Gratificación con bonificación de EPS

Si estas afiliado a una EPS, la bonificación extraordinaria equivale al 6.75%.

Ejemplo: si tu sueldo bruto es S/2,000, le debes agregar la S/130 (6.5% de S/2000) de la bonificación, lo que hace un total S/2,130.

5. ¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO ME PAGA MI GRATIFACIÓN?

Si vencido el plazo para su depósito, la empresa para la que labora no le ha depositado este beneficio económico de la gratificación, esta puede ser multada hasta con 26.12 Unidades Impositivas Tributarias (120,152 soles).

Ten en cuenta que, si te pagan la gratificación de forma extemporánea, el trabajador tendrá derecho a percibir dicho beneficio con los intereses legales correspondientes.

Fuente: Diario Correo

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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