Sobre el retorno al trabajo presencial en las entidades públicas, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR informa a las oficinas de Recursos Humanos lo siguiente:
Los servidores públicos que se encuentran prestando servicios en la modalidad de trabajo remoto o mixto, deberán retornar a realizar sus labores de manera presencial desde el 3 de enero de 2023, debido a que la vigencia de las normas sobre el trabajo remoto, contenidas en el Título II del Decreto de Urgencia N° 26-2020, culminan al 31 de diciembre de 2022.
En el contexto actual de la pandemia de la COVID-19, corresponde el retorno al trabajo presencial a los/as servidores/as que se encuentran bajo la modalidad de trabajo remoto o mixta y bajo licencia con goce de haber sujeta a compensación.
Asimismo, al mantenerse vigente la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021, las entidades públicas de los sectores distintos al sector salud pueden mantener a los/as servidores/as que hayan sido vacunados con dosis completas contra la COVID-19, realizando trabajo remoto o mixto, según las necesidades institucionales, y en tanto dure la emergencia sanitaria, la cual culmina el 25 de febrero de 2023.
La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR instó a las oficinas de Recursos Humanos a informar oportunamente a sus servidores/as públicos/as sobre el retorno a la presencialidad, a fin de que los servicios que se brindan a los peruanos no se vean afectados.