Funcionarios del Municipio de Lima habrían cometido delito de peculado

Municipio de Lima

POR INCLUIR PREGUNTAS ELECTORALES EN ESTUDIO ENCARGADO A IMASEN

Funcionarios ediles habrían cometido el delito de peculado de utilización si se acredita que introdujeron preguntas sobre las preferencias electorales de limeños en la encuesta encargada por la Municipalidad de Lima a Imasen. Delito, previsto en el artículo 387 del Código Penal, sanciona el uso de fondos públicos para fines privados.

Otra denuncia periodística remece la campaña electoral de Lima en los últimos días, y esta vez le toca a la alcadesa de Lima, Susana Villarán, dar explicaciones. Según un medio de prensa, la administración actual del municipio capitalino, durante marzo y junio de este año, utilizó fondos públicos para encargar a la empresa Imasen que, entre otras cosas, consulte a la población sobre cuál de los personajes vinculados a Susana Villarán debía acompañarla como candidato a teniente alcalde.

La pregunta cuestionada en concreto fue la siguiente: «Si tuviera que elegir a uno de estos personajes, ¿quién debería acompañarla para que sea teniente alcalde, a cuál debería elegir?». Las opciones fueron Augusto Rey (hoy candidato), Susel Paredes, Gustavo Guerra García, Rocío Andrade y Mauricio Rabanal.

Ante esta denuncia periodística, el viernes 26 de setiembre la Municipalidad de Lima publicó un comunicado en el cual descartó “que se hayan utilizado fondos públicos para fines electorales”. Además, afirmó que se contrató a la empresa Imasen para un estudio cualitativo de opinión pública en los siguientes temas: transporte público, evaluación de la gestión municipal y el Parque del Migrante. Luego, señaló que dicha empresa encuestadora entregó sus informes en los cuales “no se incluye ni considera ningún tipo de consulta electoral”.

No obstante, Giovanna Peñaflor, gerente general de Imasen, afirmó a los medios que su empresa no fue la que añadió dichas preguntas, sino que lo hicieron representantes de la comuna. «No recuerdo en este momento quiénes estaban en el seguimiento de las dinámicas, pero tiene que haber sido del área de comunicaciones (de la comuna)», agregó. La contradicción entre los involucrados en este caso es evidente.

¿Qué funcionario edil habría cometido peculado por utilización?

De corroborarse la información periodística, estaríamos ante la posible comisión del delito de peculado de utilización. Este delito, previsto en el artículo 387 del Código Penal, sanciona al funcionario o servidor público que utiliza, indebidamente, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo.

La sanción es pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años (esto es, conlleva prisión efectiva), y con 180 a 365 días-multa.

Ahora bien, ¿quién sería el sujeto responsable de este ilícito? En principio, de acuerdo a las declaraciones de Peñaflor, debería sindicarse al funcionario edil que indicó a la empresa encuestadora que se incorporen las cuestionadas preguntas sobre temas electorales.

Pero además podrían verse involucrados otros funcionarios de mayor jerarquía en la medida que se acredite que ellos direccionaron o influyeron en la decisión de incorporar dichas preguntas. El comunicado de la Municipalidad de Lima adelanta que fue la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas, a través de la Subgerencia de Prensa, la que coordinó esta encuesta, por lo que las investigaciones se deberían iniciar con los funcionarios responsables, Jorge Alania Vera y Edgar Roca Buiza, respectivamente. En todo caso, corresponderá al Ministerio Público tomar las acciones del caso para la investigación de estos graves hechos denunciados.

La Ley

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Una desconocida deuda sobre la que Castañeda debe explicación

El arbitraje de equidad