La presentación de una demanda contra el empleador con información falsa configura una falta grave por el quebrantamiento de la buena fe laboral. Así lo sostuvo la Corte Suprema en la Casación Nº 19669-2017 La Libertad, en que el demandante pretendía la reposición por despido lesivo de derechos fundamentales y el pago de una indemnización por lucro cesante.
En el caso, el demandante había presentado una demanda en que adjuntó boletas de pago para sustentar su fecha de ingreso al centro de trabajo, documentos que fueron sometidos a un examen pericial grafotécnico que determinó su adulteración. Este hecho generó que el empleador inicie el procedimiento de despido y extinción del vínculo laboral por comisión de falta grave.
Al respecto, la Suprema indicó que el actuar del demandante solo se puede atribuir como una falta grave laboral tipificada en el inc. a) del artículo 25 del TUO de la LPCL. Este justifica la extinción del contrato por quebrantamiento de la buena fe laboral, lo que hace irrazonable la subsistencia de esta relación laboral.
Por ello, se declaró fundado el recurso interpuesto por la parte demandada al acreditar la falta grave, señaló un informe legal de Benites, Vargas & Ugaz Abogados.
Fuente: El Peruano