El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento de la Ley General de Aduanas con la finalidad de agilizar las operaciones de comercio exterior, cautelar la seguridad de la cadena logística y fortalecer el accionar de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
El Decreto Supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano, señala que se modificaron los artículos 9 y 10, el Título II de la sección segunda y 42 artículos del reglamento.
La norma señala que a parte de los documentos solicitados de acuerdo a los regímenes aduaneros, la Sunat puede solicitar información adicional, según se establezca mediante procedimiento.
Embargue de mercancías
Respecto al embarque de mercancías, la norma indica que en los regímenes de exportación definitiva, exportación temporal para reimportación en el mismo estado y exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, a solicitud del exportador, procede el embarque directo de la mercancía desde el local que designe el exportador.
“En estos casos, el reconocimiento físico se realiza en el recinto portuario o en el local designado, cuando corresponda, tomando en consideración la naturaleza o las condiciones de la mercancía, el régimen aduanero, entre otros”, detalla.
Fuente: La República