Procedimientos y trámites ante el Registro Nacional de Proveedores. Aprobada con Resolución Nº 030-2020-OSCE/PRE, publicada en el Diario oficial El Peruano el 16 de febrero de 2020. Vigente a partir de la entrada en vigencia del nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del OSCE.
FINALIDAD
La finalidad de la presente Directiva, es orientar a los proveedores y entidades sobre los procedimientos y trámites que se siguen ante el Registro Nacional de Proveedores.
OBJETO
Establecer las disposiciones complementarias aplicables a los procedimientos de inscripción, reinscripción, , aumento de capacidad máxima de contratación, ampliación de categorías y trámites de restitución de la capacidad libre de contratación, actualización de información legal y financiera, declaración de récord de obras, y retiro temporal y definitivo del proveedor en el Registro Nacional de Proveedores.
ALCANCE
La presente Directiva es de aplicación obligatoria para los proveedores que siguen procedimientos y/o trámites ante el Registro Nacional de Proveedores.
Directiva N° 001-2020-OSCE/CD by Peruweek.pe on Scribd