Las empresas del sector hidrocarburos deberán presentar de forma virtual sus “Planes de vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo” para el reinicio de sus actividades referidas a la construcción de infraestructura.
Según Resolución Viceministerial N° 016-2020-MINEM/VMH, publicada este domingo en el diario oficial El Peruano, la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) llevará a cabo las acciones de seguimiento, requerimiento de información u otras acciones que resulten necesarias para la fiscalización correspondiente.
La norma es de aplicación no solo a las actividades de construcción en hidrocarburos que se reanudan, sino también a las actividades de hidrocarburos que ya se encontraban permitidas.
“La presentación del Plan se realiza de manera virtual a través de la Plataforma Informática que la DGH implemente. La DGH verifica la estructura y contenido del Plan a través de dicha Plataforma”, refiere la norma.
Una vez que las empresas de hidrocarburos hayan obtenido, a través de dicha plataforma, la constancia de verificación, deberán enviar el plan al Ministerio de Salud (Minsa) para su registro en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID-19).
Asimismo, los titulares de las actividades de hidrocarburos deben presentar a la DGH y al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) la información detallada sobre la ejecución de las actividades a realizar para la reanudación, de acuerdo al Formato de Gradualidad de Actividades previsto.
Osinergmin supervisará mediante los procedimientos correspondientes que las actividades ejecutadas por los agentes correspondan al orden y detalle de las actividades consignadas en el Formato de Gradualidad de Actividades y verificará que se cumplan con las obligaciones sectoriales correspondientes.
En caso de incumplimiento, el titular no podrá continuar con las siguientes actividades previstas, correspondiendo al Osinergmin adoptar las medidas administrativas sujetas al ámbito de su competencia.
En tanto se implemente la Plataforma Informática de la DGH, se presentarán los referidos planes y el Formato de Gradualidad de Actividades, a través del correo electrónico plandevigilanciahidro@minem.gob.pe.
La Dirección General de Hidrocarburos (DGH) es responsable de verificar la estructura y el contenido mínimo del Plan.
Fuente: El Comercio
Resolución Viceministerial N° 016-2020-MINEM-VMH