Protocolo para los conductores y pasajeros de taxis en todo el país (R. M. Nº 0258-2020-MTC/01)

Para resguardar la vida y la salud de los ciudadanos, evitando el riesgo de contagio y diseminación del covid-19 en la prestación del servicio público de transporte especial de personas en la modalidad de taxi, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) remarcó los lineamientos que deberán cumplir los conductores y usuarios de este tipo de transporte.

Así, entre las principales medidas implementadas está el uso obligatorio de mascarillas por parte de los conductores y pasajeros, solo podrán viajar dos pasajeros en cada servicio, los que deberán ir en los asientos traseros del vehículo (no al lado del conductor), de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 258-2020-MTC/01.

Asimismo, los vehículos deberán tener una división transparente entre los asientos traseros y delanteros, con el objetivo de aislar al conductor e impedir que tenga contacto con los pasajeros. Sin impedir la visión del conductor, deberá tener en un lugar visible el aviso informativo sobre las medidas de prevención contra el coronavirus.

El servicio de transporte solo se realizará para los usuarios que utilizan mascarillas de protección; y se evitará el servicio de viajes compartidos, mediante el cual se une a más de un usuario que coinciden en la misma ruta.

El MTC también dispuso el fomento del pago del servicio por mecanismos que eviten el contacto entre las personas, así como el uso de ventilación natural en el vehículo para que haya mejor circulación de aire.

Limpieza y desinfección

Estas medidas se suman a las acciones de limpieza y desinfección de vehículos que deben hacerse antes y después de cada servicio; y a las conductas de higiene y limpieza por parte de conductores y pasajeros, tales como el lavado de manos con agua y jabón, el uso de alcohol en gel y el cuidado para no tocarse el rostro (ojos, nariz y boca), incluso si se lleva puesta la mascarilla.

Este cuidado implicará la desinfección de las manijas de las puertas, pasamanos, apoyabrazos, cinturones de seguridad, así como los dispositivos para accionar puertas y ventanas, después de cada servicio de transporte; para lo cual deberán utilizar paños y desinfectantes de superficies de uso seguro y eficaz (como alcohol etílico al 70%, soluciones de lejía o agua oxigenada), debiendo estar permanentemente abastecidos de estos productos.

El cumplimiento de estas disposiciones y las otras estipuladas en la Resolución Ministerial Nº 0258-2020-MTC/01 permitirá controlar el contagio del coronavirus en el país y salvar vidas de peruanas y peruanos.

Fuente: El Peruano

 

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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