La Sunafil prorrogó hasta el viernes 26 la suspensión del cómputo de los plazos de las actuaciones inspectivas, de los procedimientos administrativos sancionadores y administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del sistema inspectivo.
Así lo detalló el experto Carlos Cadillo, al comentar los alcances de la R. S. Nº 0087-2020-Sunafil. Sin embargo, el experto aclaró que la suspensión en mención no tiene efecto en el procedimiento de suspensión perfecta de labores tramitada con el D. U. Nº 038-2020,que tiene sus propias reglas y continúa con su propio curso.
Esto, dijo, debido a que la suspensión de plazos se sustenta en el alto número de estas solicitudes que recibe la Intendencia de Lima Metropolitana de la Sunafil por parte de la Dirección Regional de Trabajo de Lima y la Dirección General de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otros.
Fuente: El Peruano
Resolución Nº 0087-2020-Sunafil
Resolución Nº 0087-2020-Sunafil