Sunafil prorroga suspensión de plazos (Resolución Nº 0087-2020-Sunafil)

Carlos Cadillo ÁngelesCarlos Cadillo

La Sunafil prorrogó hasta el viernes 26 la suspensión del cómputo de los plazos de las actuaciones inspectivas, de los procedimientos administrativos sancionadores y administrativos sujetos a silencio negativo o positivo del sistema inspectivo.

Así lo detalló el experto Carlos Cadillo, al comentar los alcances de la R. S. Nº 0087-2020-Sunafil. Sin embargo, el experto aclaró que la suspensión en mención no tiene efecto en el procedimiento de suspensión perfecta de labores tramitada con el D. U. Nº 038-2020,que tiene sus propias reglas y continúa con su propio curso.

Esto, dijo, debido a que la suspensión de plazos se sustenta en el alto número de estas solicitudes que recibe la Intendencia de Lima Metropolitana de la Sunafil por parte de la Dirección Regional de Trabajo de Lima y la Dirección General de Trabajo y Promoción del Empleo, entre otros.

Fuente: El Peruano


Resolución Nº 0087-2020-Sunafil

Resolución Nº 0087-2020-Sunafil

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Sunafil

Sunafil aprueba nuevo esquema inspectivo para todas las fases de la reactivación (Resolución N° 0089-2020-SUNAFIL)

suspensión-perfecta-de-labores

Aspectos laborales de la emergencia sanitaria