Como una forma de facilitar más las diligencias de los usuarios, a partir de hoy 31 de agosto se podrán realizar más trámites de inscripción a través de Sistema de Intermediación Digital de la Sunarp.
La institución informó que los partes notariales, copias certificadas u oficios suscritos con firma digital, emitidos por el notario, conteniendo los diversos actos inscribibles, su modificación o extinción en el registro de predios, se podrán realizar mediante la plataforma digital.
Entre los actos que se suman a esta prerrogativa se pueden señalar los siguientes: fideicomiso, renuncia de herencia, reversión y revocatoria de donación o anticipo de legítima, transferencia por reducción de capital, transferencia por fusión, escisión y reorganización simple, cesión de derechos, cesión de posición contractual y la transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales.
De la misma forma se podrán tramitar los procedimientos registrales de transferencia por sucesión testamentaria, sustitución de régimen patrimonial, división y partición, resolución de contrato, título supletorio, anticresis, arrendamiento, arrendamiento financiero, derecho de uso, pacto de reserva de propiedad, pacto de retroventa y servidumbre.
Múltiples servicios
También se incluye la inmovilización temporal de partidas, el pacto de indivisión, la modificación de patrimonio familiar, el derecho de superficie, el nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios, el nombramiento y remoción de directiva de la junta de propietarios, la anotación preventiva notarial por falsificación y la anotación preventiva notarial por suplantación.
La presentación electrónica a través del SID Sunarp, de los actos aprobados mediante la resolución 098-2020-SUNARP/SN, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y comprende únicamente a los documentos de intervención notarial, expedidos en formato electrónico y suscrito con firma digital.
Fuente: El Peruano