Con la finalidad de cumplir la sentencia de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema que dispone corregir la distorsión en los precios de la energía eléctrica, el Ministerio de Energía y Minas publicó el anteproyecto de un nuevo decreto supremo para definir el costo del gas que utilizan las generadoras.
De acuerdo con la sentencia, las generadoras de electricidad podían declarar un costo irreal del gas natural que utilizan para producir energía eléctrica. Esta situación había generado una distorsión en los precios, de tal manera que los usuarios hogar terminaban subvencionando la energía que utilizan las grandes empresas.
Por ese motivo, la Corte Suprema anuló el Decreto Supremo N° 043-2017 al considerar que vulneraba el principio de igualdad, eficiencia y se convertía en un acto arbitrario.
Ante lo cual, dispuso que el Gobierno emita una nueva disposición legal que ponga orden en la declaración de gastos de las generadoras eléctricas.
Aun cuando el gas tiene un costo fijo de US$ 30, el Estado permitía que puedan declarar administrativamente que tenía un valor cercano a cero, lo que distorsionaba la señal de precios.
La energía a los usuarios controlados sujeta a contratos por 10 años se mantenía invariable y alta, mientras que los contratos con plazos mínimos, con las grandes empresas, hasta en un 60% menos.
El proyecto de decreto supremo para la determinación del precio del gas natural para generación eléctrica permanecerá a disposición del público por el plazo de 7 días para que se puedan presentar los comentarios y/o aportes que consideren.
Dicho anteproyecto plantea que se declaren los costos reales, además del costo del transporte y distribución, del gas natural que se utiliza para producir una unidad de electricidad, cuyo control estará a cargo del Comité de Operación Económica del Sistema (COES) y de Osinergmin.
Contratos
Precios. El viceministro de Energía, Juan Révolo Acevedo, consideró que cualquier modificación en costos del gas natural no repercutirá de inmediato en los usuarios, pues los contratos de venta de electricidad al público tienen vigencia por 10 años.
Fuente: La República
Resolución Ministerial N° 312-2020-MINEM-DM