Ley de fomento del crédito informal

Elmer Cuba

Por: Elmer Cuba (Socio de Macroconsult) 

La Comisión de Economía del Congreso de la República ha aprobado un predictamen de proyecto de ley que pone topes a las tasas de interés del sistema financiero.

Como un lector entendido podrá intuir, los efectos de dicha norma serán los siguientes. Los clientes más riesgosos (generalmente los de menores recursos y/o con ingresos inestables) serán empujados a los mercados informales de crédito. Las empresas financieras dedicadas a servir a estos grandes segmentos no podrán atenderlos si las tasas máximas no lo permiten. Tanto microempresas como familias acudirán a los mercados no regulados, que cobran tasas de interés muy superiores a las del mercado formal.

Sobre estos resultados existe una amplia evidencia internacional. Los efectos negativos de imponer topes máximos de interés en los mercados de crédito formales son conocidos por todos los economistas profesionales que trabajan en esta rama de la disciplina. No existe evidencia de lo contario.

En la práctica, los representantes están actuando como si el problema a solucionar fuese el siguiente. El problema es que el sistema financiero formal ha crecido mucho. Ha aumentado la inclusión financiera y el microcrédito. Ha venido desplazando a los mercados informales, con tasas más baratas y mejores condiciones. Ello no se debe permitir.

En la parte analítica del predictamen se argumenta expresamente sobre “enormes utilidades”. Sin embargo, se soslaya que en este segmento del mercado (créditos de consumo) hay una baja concentración y una fuerte competencia, sobre todo de cajas municipales y rurales e instituciones especializadas. El problema, según el texto aprobado por la comisión, sería el excesivo costo del crédito y se buscaría el fomento a la competencia. Las experiencias muestran que con estas normas las tasas percibidas por los clientes no mejorarán y la única competencia que se fomentará será la competencia informal.

Las empresas especializadas en créditos de consumo y las entidades microfinancieras dedicadas al financiamiento de la micro y pequeña empresa serían las más perjudicadas porque no podrían cubrir sus costos.

En el documento se cita la experiencia chilena y colombiana como ejemplos. Pero no se citan los estudios sobre las consecuencias negativas en esos mismos países. Algo así como, “quiero cometer los mismos errores de mis vecinos (que están en la OCDE)”.

Un título correcto para esta ley sería: “Ley que empuja a la usura a los consumidores de servicios financieros”. Aunque eufemísticamente el proyecto titula: “Ley que protege de la usura a los consumidores de servicios financieros”.

¿Por qué un Congreso pretende ir en contra de la evidencia? ¿O lo sabe y a pesar de ello insiste? ¿Representa a las mayorías? ¿Representa acaso a empresas informales de crédito? ¿Son los sesgos cognitivos masivos?

En nombre del consumidor genérico, se perjudica al consumidor pobre y a la microempresa, que ahora accederán a tasas mayores. Legislar en contra de la evidencia no es extraño. En particular, en los países en desarrollo.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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