Proyecto de ley que propone mejorar nivel de la TV se encuentra estancado en el Congreso

Congreso
Iniciativa ya recibió la aprobación de la Comisión de Transporte y Comunicaciones del Parlamento, pero no de la Comisión de Cultura. Abogado constitucionalista confirma que es viable y no atenta contra la libertad de empresa.

La denominada ‘Marcha contra la televisión basura’ dio paso nuevamente al debate sobre el papel que cumple la televisión en la sociedad y la calidad de contenidos que los canales ofrecen a los ciudadanos. En medio de posiciones a favor y en contra de la marcha, un grupo de jóvenes tomará las calles de la capital este 27 de febrero para exigir mejoras en la TV, mientras tanto, en el Congreso permanece estancado un proyecto de ley que ayudaría a mejorar la programación en señal abierta.

Se trata de una iniciativa presentada a mediados del 2014 y que ya cuenta con el dictamen favorable de la Comisión de Transporte y Comunicaciones del Congreso, pero continúa a la espera de ser aprobada en la Comisión de Cultura. El proyecto de ley plantea que los medios televisivos estén obligados a destinar como mínimos dos horas de su programación diaria a programas educativos.

Las dos horas de programación cultural deberán ser programadas entre las 3:00 p. m. y las 8:00 p. m. para evitar que coincidan con el horario escolar. La iniciativa fue presentada por el congresista Agustín Molina, de la bancada de Gana Perú.

Molina asegura que su propuesta es constitucional, y para ello se respalda en el artículo 14 de la Carta Magna, que establece que los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural.

NO ATENTA CONTRA LA LIBERTAD DE EMPRESA

El presidente de la Comisión de Cultura, el parlamentario fujimorista Alejandro Aguinaga, confirmó lo que se temía: su grupo de trabajo ni siquiera ha debatido la propuesta legislativa. Pese a ello, adelantó que no se podría imponer una disposición como esa a medios privados.

“Nosotros no podemos imponer nada a medios de comunicación de señal abierta. Sin embargo, la comisión siempre pide opinión a las partes involucradas al momento de debatir proyectos de ley”, dijo a LaRepublica.pe.

Sin embargo, el abogado constitucionalista Guido Aguinaldo confirmó que la propuesta es “absolutamente viable”. “Los canales de televisión son empresas privadas, pero por el alcance que tienen, también son de servicio público. El Estado debe colocarles parámetros”, explicó.

Además, la Comisión de Transporte y Comunicaciones, que aprobó el proyecto por mayoría el 9 de diciembre del 2014, explicó en su dictamen que “el interés público es un principio que se utiliza para generar legislación reguladora, lo cual no constituye violación al derecho de la libertad de empresa” y apuntó que aunque “la normatividad actual ya establece que los medios de radiodifusión colaboren con la educación y formación moral y cultural (…) el único canal que transmite programas culturales es el canal del Estado”.

LEGISLACIÓN EXTRANJERA

Aprobar una ley que obligue a los canales de televisión a ofrecer contenido de calidad no sería una novedad. En Chile, Gran Bretaña, Estados Unidos o Francia ya existen normas de este tipo.

El caso más cercano es el de Chile, donde los canales de televisión de señal abierta estánobligados a transmitir por lo menos cuatro horas de programas culturales a la semana. El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) de ese país acordó que al menos dos de esas cuatro horas de programación deben transmitirse en horarios de alta audiencia.

Por su parte, Brasil aclara en su constitución de 1988 que los programas televisivos deben estar guiados por principios educativos, artísticos, culturales y educativos. Sin embargo, su Ley de Regulación de los Servicios de Difusión no especifica la forma en que estos principios son llevados a la práctica. Situación similar sucede en Colombia y México.

Y Venezuela establece obligatoriamente la transmisión de por lo menos siete horas de producción nacional. De estas siete, cuatro horas deben dar prioridad a programas culturales y educativos. Dichas disposiciones fueron establecidas en la Ley de Responsabilidad Social que data del 2005.

Canadá no han fijado la definición de “programa cultural”, pero se exige que el 60% de la programación de emisión pública sea de contenido canadiense. Estados Unidos deja la labor de control de los programas a la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus cifras en inglés).

la República

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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