El Tribunal Constitucional (TC) emitió un falló en que el determinó que la Sunat no puede efectuar el cobro de intereses moratorios fuera del plazo legal. Esto fue establecido luego de que la empresa Paramonga exigiera que no se cobre la mora generada fuera del tiempo que tenía el Tribunal Fiscal para resolver el caso.
Según indicaron, resulta inconstitucional “el cobro injustificado o irrazonable en el tramo en el que la autoridad administrativa excede el plazo legal por causas atribuibles a ella”.
En el caso de Paramonga, la Sunat impuso una multa a la empresa, y esta presentó apelación ante el Tribunal Fiscal el 30 de octubre de 2007, pero «el Tribunal Fiscal resolvió dicho recurso el 24 de agosto de 2012 (folios 221), excediendo largamente el plazo legal que tenía para resolver».
Es decir, el TF sobrepasó el plazo por más de 4 años, tiempo en el que la Sunat siguió generando intereses en la deuda del contribuyente.
Por ello, el TC determinó que «la demora en la resolución del procedimiento administrativo por parte de la administración tributaria se ha traducido en un perjuicio significativo para la demandante». Con esto se determina que la empresa no deberá pagar estos intereses.
Esta sentencia da un precedente para otros 300 casos que se encuentran en el TC y otros 1,000 que se encuentran en distintas instancias del Poder Judicial, según revela el diario Gestión.
Uno de los caso que se encuentran en disputa es el de la empresa Telefónica, que suma deudas millonarias. Al respecto, el tributarista Jorge Picón comentó que “es previsible que una sentencia como la de este caso se va a repetir en todos los demás, ya que ante una misma razón debe aplicarse un mismo criterio. En ese sentido, es muy probable que el TC le dará la razón a Telefónica”.
Fuente: RPP