Sunat: suspensión del pago de impuestos solo será para quienes ganaron hasta S/ 9.8 millones el 2020

Sunat: suspensión del pago de impuestos solo será para quienes ganaron hasta S/ 9.8 millones el 2020

La Sunat prorrogó el vencimiento de las declaraciones y pago de las obligaciones tributarias de enero del presente año -tal como lo adelantó el MEF- a favor de las personas naturales y las micro, pequeñas y medianas empresas, ubicadas en los departamentos de extremo y muy alto nivel de contagio de la COVID-19.

A través de la Resolución de Superintendencia N° 16-2021/SUNAT, se precisa que esta facilidad beneficia a los contribuyentes que durante el 2020 tuvieron ingresos anuales de hasta 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 9′890,000.

Esta medida alcanza a más de 8.5 millones de contribuyentes cuyos ingresos no superaron las 2,300 UIT, que representan más del 99% de las empresas y personas cuyo domicilio fiscal se encuentra ubicado en los departamentos clasificados con nivel de alerta extremo o muy alto.

Los nuevos plazos para efectuar la declaración y pago del IGV, Renta e ISC, entre otros, correspondiente al periodo enero 2021, serán ahora del 12 al 22 de marzo, teniendo en cuenta el cronograma de obligaciones tributarias mensuales previamente establecido, según el último dígito del RUC.

Esta prórroga también incluye las fechas máximas de atraso del Registro de Ventas, así como del Registro de Compras Electrónicas.

Los departamentos que han sido considerados de alerta extrema y donde se aplica la inmovilización social obligatoria son: Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica, Apurímac y Lima.

En tanto, los de alerta muy alta son: Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.

En estas regiones, las medidas para evitar la propagación de la pandemia contemplan la realización de actividades económicas con algunas restricciones, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 008-2021-PCM.

Fuente: Gestión


Resolución de Superintendencia N° 16-2021/SUNAT

Resolución de Superintendencia N° 16-2021-SUNAT

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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