Sunarp implementa anotación de demanda mediante SID Sunarp

SID-Sunarp

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informa que, desde el lunes 8 de febrero, los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial iniciaron la presentación electrónica de los actos de otorgamiento, modificación y levantamiento de demanda, por intermedio del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp).

En tanto, mediante Resolución N° 240-2019-SUNARP-SN, la Sunarp aprobó la Directiva N° DI-03-SNRDTR, por la que se regula la presentación, trámite e inscripción del título conformado por el parte judicial con firma digital referente a medidas cautelares, lo que posibilita que el órgano jurisdiccional pueda presentar medidas cautelares en línea mediante el SID Sunarp, comprendiendo, entre ellas, a la anotación de demanda.

Las medidas cautelares comprendidas en la citada normativa son anotación de demanda, embargo e incautación, las que constituyen gravámenes sobre los predios. Asimismo, para solicitar esta anotación, el juez debe indicar los nombres, documentos de identidad y domicilio laboral del juez que actúa en calidad de presentante; así como la partida electrónica del registro de predios y la oficina registral donde corresponda inscribirse el título; el acto cuya inscripción se solicita; en este caso el tipo de la medida cautelar; y el nombre del afectado con la medida, adjuntando el parte judicial correspondiente.

¿Qué es la medida cautelar

La medida cautelar es una institución procesal temporal y variable dictada por los órganos jurisdiccionales con sujeción al Código procesal civil, Código procesal penal y otras disposiciones legales vigentes, que tiene por finalidad garantizar el resultado de una sentencia en el marco de un proceso judicial.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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