El SID-Sunarp ya es obligatorio (Resolución N° 034-2021-SUNARP-SA)

SID-Sunarp

A partir del 22 del presente mes, los partes notariales o copias certificadas de determinados actos registrales se tramitarán y expedirán con firma digital mediante el Sistema de Intermediación Digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SID-Sunarp).

En la Resolución N° 034-2021-Sunarp/SA se incluyen los trámites de compraventa; donación, su reversión o revocatoria; anticipo de legítima, su reversión o revocatoria; dación en pago; permuta; nombramiento y remoción de directiva de la junta de propietarios; y constitución, ampliación, modificación y extinción de hipoteca.

Zona

La disposición regirá para los actos que se tramiten e inscriban ante el Registro de Predios de las Oficinas Registrales de Lima, Barranca, Cañete, Callao, Huacho y Huaral de la Zona Registral Nº IX, detalla la norma.

La referencia a copias certificadas o partes señalados anteriormente “comprende únicamente a instrumentos extendidos por notarios en el territorio nacional que contengan los actos expresamente indicados”, se señala.

Fuente: El Peruano


Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 034-2021-SUNARP-SA

Resolución Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 034-2021-SUNARP-SA

Descarga

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Astrazeneca Covid-19

Brasil negocia para acceder a vacunas excedentes de Estados Unidos contra el COVID-19

Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles

Gobierno reactivará el Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles (FEPC)