Mypes podrán declarar rentas 2015 por Internet

Clerk and Customer in Shop --- Image by © Patterson Graham/Corbis
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La administración tributaria habilita el Formulario Virtual N° 702.Las medianas y pequeñas empresas (mypes) cuyos ingresos no hayan superado las 300 UIT el año pasado podrán presentar su Declaración de Renta 2015 por internet con el Formulario Virtual N° 702, que reemplaza al tradicional PDT que debía descargarse en una computadora, anunció la Sunat.

Dicho formato contiene una declaración preelaborada por la entidad recaudadora con información de saldos a favor, pagos a cuenta y retenciones del impuesto a la renta (IR).

De esta manera, se simplifica el proceso de declaración, puesto que el contribuyente solo deberá completar sus estados financieros, validar los datos y aprobar su envío, desde su casa, oficina o cabina pública de internet, con solo un clic, informó la Sunat.

El Formulario Virtual N° 702 constituye una herramienta sumamente fácil de utilizar para cumplir con la Declaración de Renta 2015 en la medida en que ha sido desarrollado en el contexto del nuevo paradigma institucional de la administración tributaria que, ahora, facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Presentación

Para presentar la declaración por internet con el citado formulario se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea, módulo disponible en www.sunat.gob.pe, con el Código de Usuario y Clave SOL, y ubicar el Formulario Virtual N° 702. Deberá verificarse la información disponible en dicho formato y, de ser el caso, completarla o modificarla.

Si el contribuyente tiene una deuda, podrá optar por pagar mediante débito en cuenta, usando la cuenta bancaria que previamente haya sido afiliada al servicio de pago de tributos con cargo en cuenta.

Tendrá también la opción de efectuar el respectivo pago utilizando la tarjeta de crédito o débito que haya sido afiliada, previamente, al sistema.

Si prefiere pagar la deuda tributaria en efectivo, el contribuyente tendrá la oportunidad de acceder al número de pago Sunat (NPS), que permite cancelar el importe de la deuda por pagar en los bancos habilitados

Presentada la declaración y, de ser el caso, efectuado el pago de la correspondiente deuda tributaria, la Sunat emitirá la constancia de presentación de dicho documento.

Luego de presentar su Declaración de Renta 2015 por internet, los contribuyentes podrán solicitar la devolución de los impuestos pagados en forma indebida o en exceso.

Devolución

Para solicitar la devolución de los impuestos por pagos indebidos o en exceso se deberá utilizar el Formulario Virtual N° 4919. El contribuyente, además, no deberá tener ninguna solicitud de devolución correspondiente al año 2015, ni saldo a favor del IR pendiente de atención, o en su caso, no deberá haber sido notificado con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte alguna de las solicitudes mencionadas. Quienes no soliciten la devolución del saldo a favor tras presentar su Declaración de Renta 2015, podrán hacerlo presentando el Formulario N° 4949 (físico).

 

El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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