INDECOPI: Los aplicativos en línea generan responsabilidades

(Foto: El Peruano)
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Empresa administradora puede ser sancionada.Las empresas que mediante un aplicativo en internet brindan al público la posibilidad de solicitar un servicio seguro, como el de taxis, ofrecido por una comunidad de usuarios de la misma plataforma, no podrán exonerarse de responsabilidad por el mal uso que realicen de la data que les sea otorgada.

Esto último debido a que en la publicidad de lo que vendría a ser la empresa intermediaria se garantiza también la seguridad del servicio de transporte que se ofrece en el aplicativo.

Así lo determinó la Comisión de Protección al Consumidor Nº 2-sede central del Indecopi, mediante la Resolución Final Nº 1050-2016/CC2, que fija pautas administrativas referidas a la prestación del servicio de taxis mediante el uso de estas aplicaciones.

Fundamentos

Entre dichos lineamientos se hace mención a los principios de razonabilidad y proporcionalidad para graduar la sanción que corresponda a una empresa administradora de estas aplicaciones que incumpla con la adopción de medidas de seguridad correspondientes.

Se desarrollan, igualmente, criterios como el beneficio ilícito, la probabilidad de detección y el daño al consumidor.

El primero, referido al beneficio ilícito, está constituido por el ahorro en que puede haber incurrido la empresa intermediaria al no haber instalado los mecanismos de seguridad pertinentes para el usuario, señala la resolución del Indecopi.

El segundo, de probabilidad de detección, estaría comprendido por el grado de posibilidad que tendrían los usuarios de detectar los errores. Mientras que el daño al consumidor es el que este sufrió a consecuencia de la conducta infractora.

Expediente

En este caso, la comisión administrativa consideró que pese a que la empresa intermediaria no proporciona directamente los servicios ofertados en su plataforma, el modo en que se oferta y realiza su contratación genera una expectativa de confianza entre los usuarios.

En ese contexto, advierte que frente a la imagen que el administrador de la plataforma proyecta a los usuarios de la aplicación no se esperaría que de manera posterior a la realización del servicio de taxi el conductor dé un uso inadecuado a la información proporcionada por el pasajero.

Por tanto, la comisión concluye que es responsabilidad de la empresa intermediaria adoptar las medidas de seguridad para cautelar el uso adecuado de la información que de la aplicación puedan poseer los conductores que brindan el servicio de taxi.

En este caso, la empresa administradora del aplicativo en internet no implementó medidas de seguridad para prevenir que los usuarios conductores utilicen de forma incorrecta la información proporcionada por los usuarios o pasajeros.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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