La Corte Suprema de Justicia, mediante la Casación 8983-2015 – Del Santa, estableció que los empleadores que reconozcan o feliciten a los trabajadores de empresas tercerizadoras por su labor o les soliciten información en relación con el desarrollo de sus labores, deberán incluirlos en planilla.
Así, por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema constituye el lineamiento jurisprudencial sobre desnaturalización de la tercerización que se desprende de la citada sentencia.
En este caso el supremo tribunal analizó la situación de cinco trabajadores destacados a una empresa principal para el desarrollo de sus servicios, y respecto de los cuales dicha empresa les solicitó la emisión de informes sobre el trabajo que desarrollaban, felicitándolos por las labores realizadas.
Es importante tener en cuenta que si una empresa locadora aporta personal a una principal, la cual lo dirige, se desnaturaliza la tercerización.
Fuente: Lozavalos.com.pe