Programa de Garantías COVID-19: Congreso extiende plazo para reprogramar créditos hasta diciembre

Programa de Garantías COVID-19

Con 90 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de ley que extiende la vigencia del Programa de Garantías COVID-19 para la reprogramación y congelamiento de créditos de consumo, hipotecarios, vehiculares y mypes hasta el 31 de diciembre del 2021.

Cabe recordar que el Gobierno ya había ampliado dos veces la vigencia de este programa, siendo la última extensión hasta el 31 de agosto.

La norma considera menores tasas de interés y un eventual congelamiento de las obligaciones con la finalidad de viabilizar el pago crediticio. Esta se encuentra a cargo del Gobierno y otorga las garantías para reprogramar las deudas hasta por un total de S/ 10,000.

El plazo de la reprogramación no puede exceder los 3 años, que puede incluir un periodo de gracia; y tiene que ser desde los 6 meses para créditos de consumo, vehicular y mype, y de 9 meses para créditos hipotecarios. Las garantías resultan válidas solo en la moneda que originó el crédito.

El programa de reprogramación incluye a las obligaciones crediticias con las empresas del sistema financiero, siempre que al 29 de febrero del 2020 los beneficiarios registren una calificación de riesgo normal o con problema potencial en los siguientes créditos.

La garantía otorgada por el programa para los créditos de consumo, hipotecarios, vehiculares y mypes tienen coberturas de 40% a 80%, según el cumplimiento del cronograma de pagos por parte del deudor.

Para los créditos vehiculares que estaban con una tasa promedio de 12% bajarían a 9.6%, mientras que para los créditos hipotecarios de la tasa de 10% se reduciría en 8.5% y para mypes, que están en 32%, llegaría a 24%.

Según el dictamen de la Comisión de Economía, la extensión del plazo se debe porque algunos sectores continúan mostrando déficit sensibles en la actividad económica, especialmente en los servicios por la pandemia.

La autógrafa será enviada al Ejecutivo en los próximos días y tendrá 15 días hábiles para decidir su promulgación.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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