Desde el 1 de setiembre los afiliados a una administradora de fondo de pensiones (AFP) mayores de 50 años, tanto hombres como mujeres, ya pueden acceder al régimen de jubilación anticipada por desempleo (REJA), tal como lo establece la Ley que uniformiza la edad para acceder a la jubilación anticipada en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) – Ley N° 31332.
REQUISITOS
Tal como lo recuerda la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), además de ser mayor de 50 años y menor de 65 años, para acceder a la jubilación anticipada, el afiliado debe encontrarse en situación de desempleo por un período mayor o igual a 12 meses consecutivos previos a la presentación de su solicitud.
¿Cómo se acredita la situación de desempleo? Para cumplir con uno de los primeros requisitos, será necesaria la presentación de algunos documentos que dependerán de tu condición de empleado.
Tanto para los de cuarta categoría como para los de quinta categoría será necesaria la presentación de una declaración jurada para acreditar la condición de desempleo por el período no menor a 12 meses previos a la solicitud.
Pero mientras los que quinta categoría tienen que presentar un documento que certifique su cese como un certificado de trabajo, una copia legalizada de liquidación de beneficios sociales, un certificado de retiro de la CTS, entre otros; en el caso de los que pertenecen a cuarta categoría y tienen RUC, sus ingresos deben ser iguales o menores a 7 UIT, en los 12 meses previos a la fecha de la presentación de la solicitud.
En ambos casos, la AFP verificará que no registres aportes acreditados o devengados, bajo relación de dependencia, y en caso no cumplas con alguno de los requisitos, la AFP rechazará la solicitud, indicando los motivos del rechazo.
Adicionalmente, en Prima AFP recuerdan que para acceder al REJA tu fondo te debe permitir acceder a una pensión igual o mayor al 40% de tu remuneración mensual promedio. Pero, también debes demostrar 72 aportes mensuales en los últimos 120 meses anteriores a tu solicitud.
INFORMACIÓN PREVIA AL REGISTRO
El ingreso de la solicitud puede hacerse de forma 100% digital y aunque el procedimiento dependerá de cada AFP, aquí te lo explicamos paso a paso.
Para empezar, en AFP Integra recomiendan que antes de ingresar la solicitud de pensión, el afiliado debe informarse sobre sus opciones de pensión y/o retiro, incluso es recomendable solicitar la constancia de estimación; y también es importante que evalúe la conveniencia de elegir entre pensión y/o retiro de tu fondo.
PASO A PASO PARA EL REGISTRO
Después de haber analizado cuál es la opción que más le conviene y ha tomado una decisión informada, recién podrá iniciar su trámite. ¿Cómo? En Prima AFP, resumen en trámite en cinco pasos:
1. Inicia tu trámite
Debido a que el trámite es 100% digital, deberá ingresar al espacio generado por su AFP. En el caso de Prima, a su plataforma Mi Espacio Prima con su documento de identidad y fecha de nacimiento.
Luego deberá escoger la opción “trámite de jubilación anticipada” y completar la información solicitada en el formulario.
Después de cinco días, la AFP te contactará para validar tu identidad y en los próximos diez días después de la validación, te comunicarán si tu solicitud fue observada o aceptada para iniciar el registro de tu solicitud en su sistema.
2. Recibe la conformidad
La AFP emitirá la conformidad de tu solicitud y la relación de tus beneficiarios. Además, te informarán si tienes derecho a un excedente para que decidas si deseas retirarlo o dejarlo para incrementar tu pensión.
3. Solicita tus cotizaciones
Después que se emitió la conformidad de tu solicitud, deberás pedir tus cotizaciones para tu pensión. Este pedido será canalizado por tu AFP a través de la SBS y será presentado a las compañías de seguros.
En el caso de Prima AFP, te programarán una cita virtual, alrededor de ocho días útiles después, para que revises tus cotizaciones.
4. Elige tu modalidad de pensión
Durante la cita virtual conocerás las propuestas de las diferentes compañías de seguros, de acuerdo a las modalidades de pensión que solicitaste cotizar. Estas propuestas tienen una vigencia de 30 días calendario.
Durante ese tiempo podrás revisarlas y elegir, de manera informada, la propuesta que mejor se acomode a tus necesidades.
5. Recibe tu pensión
Finalmente, recibirás tu pensión por medio de un depósito en tu cuenta bancaria. Tu primer pago lo recibirás a los 15 días útiles de elegir tu modalidad de pensión y los siguientes pagos dentro de los últimos 7 días útiles de cada mes.
Fuente: Gestión