El Gobierno promulgó la ley que amplía hasta los 75 años la edad de cese para los médicos en las zonas donde exista déficit de profesionales, según especialidad y previa evaluación de sus condiciones físicas, psicológicas y psiquiátricas.
La Ley N° 31210, que modifica el artículo 15° de la Ley del Trabajo Médico, publicada en el Diario Oficial El Peruano, precisa que a solicitud del profesional médico, y previa aceptación de la entidad empleadora, puede extenderse el ejercicio de la carrera médica en entidades del Estado hasta los 75 años en las zonas donde exista déficit de profesionales, según especialidad.
Para esto, el médico deberá pasar una evaluación médica especializada y multidisciplinaria que certifique sus condiciones físicas, psicológicas y psiquiátricas que garanticen el desempeño de sus funciones en el sector público de la carrera médica.
Esta medida se sujeta también a la acreditación del título profesional a cargo del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (Sineace), y de acuerdo con las disposiciones, periodicidad y procedimientos que establecen las normas reglamentarias.
Por último, se establece que en 90 días el Poder Ejecutivo publicará el reglamento correspondiente.
Fuente: El Peruano