La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) estableció nuevos lineamientos administrativos para la emisión, generación, presentación, trámite e inscripción del títulos en forma electrónica con firma digital.
Fue mediante la aprobación de la Directiva que regula el Sistema de Intermediación Digital (SID) de la Sunarp para la generación, presentación, trámite e inscripción del título electrónico ante el registro.
Contenido
La directiva fija los presupuestos para la afiliación al SID-Sunarp. Además, regula el acceso a este sistema, el empleo del certificado de firma digital, los efectos de la firma digital en el procedimiento de inscripción, así como las funcionalidades del sistema, refiere la Resolución N° 120-2019-Sunarp/SN.
A su vez, determina el contenido del título electrónico y precisa que la disponibilidad del SID-Sunarp para el envío electrónico del título al registro es de 24 horas, los 365 días, salvo los horarios de mantenimiento que serán informados en el portal institucional.
Se establece que las instancias registrales efectuarán la calificación del título sobre la base del documento electrónico firmado digitalmente, sin requerir, para ese efecto, el soporte papel.
Por ende, corresponderá al registrador firmar digitalmente las esquelas, anotaciones y asientos de inscripción de los títulos provenientes del SID-Sunarp.
Apunte
La inscripción de la constitución de mypes por el SID-Sunarp genera, de manera automática, la asignación de número de RUC .
El Peruano
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