El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento del Fondo Mipyme Emprendedor y de su comité de dirección, con el objetivo de garantizar recursos que serán destinados a incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
Mediante Decreto Supremo N° 225-2020-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicho reglamento que consta de cuatro capítulos, 20 artículos y una disposición complementaria transitoria.
La norma dispone que el reglamento interno del comité de dirección del Fondo Mipyme Emprendedor y los lineamientos, condiciones para el otorgamiento de incentivos y los criterios de elegibilidad de las empresas y beneficiarios se aprueban mediante resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
El presente decreto supremo y su anexo se publicarán en la plataforma digital única del Estado peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales del MEF (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).
En los considerandos de la norma se recuerda que a través del Decreto de Urgencia N° 013-2020 se realizó el cambio de denominación del Fondo Mipyme por Fondo Mipyme Emprendedor, ampliando su objetivo y plazo de vigencia.
Asimismo, vía Decreto de Urgencia N° 056-2020, se establecieron precisiones sobre los beneficiarios el Fondo Mipyme con el fin de que los instrumentos no financieros sean operados por entidades públicas o privadas, y que los emprendimientos innovadores de alto impacto son aquellos que están en estadios iniciales de desarrollo.
DECRETO SUPREMO N° 225-2020-EF
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