Con 17 votos a favor, 1 en contra y 6 en abstenciones, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional contra los congresistas Raúl Doroteo Carbajo, Juan Carlos Mori, Jorge Flores, Darwin Espinoza, Ilich López Ureña y Elvis Vergara, de la bancada Acción Popular, por presunta infracción de los artículos 38 y 39 de la Constitución Política del Perú.
Así también, por la probable comisión de los delitos de colusión agravada, cohecho pasivo impropio, organización criminal, y tráfico de influencias, tipificados en los artículos 384, 394, 317 y 400 del Código Penal, respectivamente.
De esta manera, el grupo que preside la congresista Lady Camones Soriano (APP), presentará este informe a la Comisión Permanente, que le deberá otorgar un plazo de 15 días hábiles para investigar y presentar el informe final respectivo, en cumplimiento al artículo 89 del Reglamento del Congreso.
Antes de concluir la sesión, el congresista Ilich López (AP) informó de la presentación de una reconsideración a la votación de la referida denuncia (nro. 300). “En la próxima sesión ordinaria vamos a dar cuenta”, dijo Camones al respecto.
Durante el debate, el legislador planteó una cuestión previa para que el informe de calificación sea nuevamente analizado “con más elementos de juicio que debieron ser considerados en el informe presentado”.
Al respecto Camones aclaró que la subcomisión está viendo la calificación de una denuncia constitucional y los requisitos de forma mas no de fondo. “Aquí no se está violando ni el debido proceso ni su derecho de defensa porque usted tiene expedito este derecho en caso la denuncia sea declarada procedente”, dijo la legisladora al tiempo de señalar que no se acepta la cuestión previa y pidió ir al voto.
La DC nro. 300 fue formulada por la congresista Patricia Chirinos Venegas (Avanza País), mediante la cual se solicita la destitución e inhabilitación de los congresistas denunciados para el ejercicio de la función pública por 10 años.
Se sustenta en que los parlamentarios habrían infringido gravemente la Carta Magna por infracción al deber de estar al servicio de la Nación y añade estos buscaron acercarse al Poder Ejecutivo para beneficiarse a través de prebendas obras o puestos de trabajo para su entorno socavando la legitimidad del Congreso de la República
Durante el debate, el congresista López anotó que antes de emitir un informe de calificación se tiene que actuar de acuerdo a la ley y la ley prevé que se tenga que utilizar los elementos de juicio. “No se ha tomado en cuenta lo transcrito por la señora Karelim López y eso se debe ameritar para la elaboración de este informe de calificación”, añadió.
En su intervención el congresista Darwin Espinoza (AP) dijo que se trata de un informe sesgado.
Waldemar Cerrón (PL) advirtió que se estará viciando el proceso porque los congresistas acusados que son miembros de la Subcomisión están tomando una posición y deberían hacerlo a través de otros congresistas de su bancada.
OTRAS DENUNCIAS PROCEDENTES
En otro momento, con 24 votos a favor fue aprobado el informe de calificación que declara procedente de la DC 271, formulada por el exfiscal de la Nación Pablo Sánchez Velarde, contra el excongresista Orestes Pompeyo Sánchez Luis, por la presunta comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal, en agravio del Estado peruano.
Con 23 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención fue aprobado el informe de calificación que declara procedente la DC 029 (ex 332), formulada por el ciudadano Rafael Abel Espinoza Calderón, contra los jueces supremos Ana María Aranda Rodríguez, exjefa de la Oficina de Control de la Magistratura -OCMA- y Duberlí Rodríguez Tineo, expresidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, por la presunta comisión de los delitos de prevaricato y abuso de autoridad, tipificados en los artículos 418 y 376 del Código Penal, respectivamente.
DENUNCIAS IMPROCEDENTES
Con 24 votos a favor fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente y recomienda el archivamiento de la DC 111 (ex 464), formulada por el ciudadano José German Pimentel Aliaga, contra el excongresista Yvan Quispe Apaza, por la presunta comisión del delito contra la libertad personal, en la modalidad de coacción, tipificado en el artículo 151 del Código Penal.
De igual manera fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente y envia al archivo la DC 112 (ex 465), formulada por el ciudadano Gabriel Larrieu Bellido, contra los miembros del JNE, Juez Supremo Jorge Luis Salas Arenas y Fiscal Supremo Víctor Raúl Rodríguez Monteza, por presunta infracción constitucional del artículo 139 (inciso 19), concordante con los artículos 46, 178 (inciso 4) y 179 de la Constitución Política del Perú. La votación fue de 22 votos a favor, 1 abstención y 1 en contra.
Enseguida con 20 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención, fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente y recomienda el archivo de la DC 005, formulada por el ciudadano Gonzalo Manuel Ortiz De Zevallos Olaechea, contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión de los delitos de financiamiento prohibido de organizaciones políticas, falseamiento de la información sobre aportaciones, ingresos y gastos de organizaciones políticas, fuentes de financiamiento legalmente prohibidas, y organización criminal, tipificados en los artículos 359- A, 359-B, 359-C y 317 del Código Penal, respectivamente.
En la misma también se incluye la denuncia contra la vicepresidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, por la presunta comisión de los delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo, fraude procesal, falsedad ideológica, y falsedad genérica, tipificados en los artículos 411, 416, 428 y 438 del Código Penal, respectivamente.
Con 24 votos a favor y 1 abstención fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente la DC 012 (ex 303), formulada por el ciudadano Víctor Manuel Otoya Petit, contra los jueces supremos Jorge Luis Salas Arenas, José Antonio Neyra Flores y Zavina Magdalena Luisa Chávez Mella, por la presunta comisión de los delitos de Usurpación de funciones, Prevaricato y Abuso de autoridad, tipificados en los artículos 361, 418 y 376 del Código Penal, respectivamente.
Finalmente, fue aprobado el informe de calificación que declara improcedente DC 032 (ex 336), formulada por el ciudadano Juan José Lizárraga Olazabal, contra los jueces supremos de la Sala Civil Permanente Francisco Artemio Távara Córdova, Martín Alejandro Hurtado Reyes, Evangelina Huamaní Llamas, Mariano Benjamín Salazar Lizárraga y Carlos Alberto Calderón Puertas, por la presunta comisión de los delitos de Prevaricato y Abuso de autoridad, tipificados en los artículos 418 y 376 del Código Penal, respectivamente. La votación fue de 24 votos a favor.
RECONSIDERACIÓN
La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones, informó de la presentación de un oficio de la congresista Martha Moyano (FP) en el cual retira el pedido de la reconsideración que había presentado respecto de la votación que aprobó la propuesta de Informe Final de la DC 107 (ex 460): Investigados Juez Supremo Jorge Luis Salas Arenas y exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera (por presunta infracción constitucional y delitos).