Modifican la denominación y contenido de la Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles y Zonas Monumentales a Norma Técnica A.140, Bienes Culturales Inmuebles, contenida en el Numeral III.1 Arquitectura del Título III Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobada por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
La presente norma tiene por objeto regular las condiciones y especificaciones técnicas mínimas para el diseño y la ejecución de edificaciones en Bienes Culturales Inmuebles, garantizando su conservación, protección, uso responsable y promoción.
Ámbito de aplicación
La presente norma es de aplicación obligatoria a nivel nacional para asegurar el diseño adecuado del proyecto, la idoneidad del proceso de evaluación, la calidad de la edificación nueva o existente y la relación con su entorno urbano o natural, en salvaguarda de los valores culturales y la recuperación de su habitabilidad.
Esta disposición se complementa con la normativa que emita el Ministerio de Cultura, los instrumentos de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y, de ser el caso, con normas municipales, siempre que estos instrumentos y normas no contravengan la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias.