La implementación del control previo de operaciones de concentración empresarial en el país implica una reestructuración física y reorganización interna del Indecopi, toda vez que se creará una división especial dentro de los órganos de esta entidad encargados de esa vigilancia.
De ahí que el Poder Ejecutivo autorizó al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) a incorporar recursos en su presupuesto hasta por 13’303,667 soles, con cargo a sus saldos de balance, para la implementación de dicho rol.
Mediante el Decreto de Urgencia N° 039, el Gobierno estableció también una excepción para la contratación de personal altamente capacitado y la habilitación de otras partidas de gastos para el presente año.
Estrategias
Para tal fin, se están preparando los concursos públicos correspondientes, destinados a elegir a profesionales altamente calificados, y se han hecho coordinaciones con las principales agencias de competencia internacionales para llevar a cabo capacitaciones para los funcionarios del Indecopi.
Se espera, además, que esta entidad avance con la elaboración de las guías y las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la debida aplicación del D. U. Nº 013-2019, que entrará en vigencia a partir de agosto de este año .
Las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo contribuirán con la promoción de la eficiencia económica mediante la implementación adecuada de este régimen en todos los mercados de la economía, y no solo en el sector eléctrico como se aplica en la actualidad.
El D. U. Nº 013-2019, que aprobó por primera vez en el país un control previo de operaciones de concentración empresarial aplicable transversalmente a todos los sectores de la economía tendrá una vigencia de cinco años.
Precisiones
Un sistema de control previo de operaciones de concentración empresarial (también conocido como “control de estructuras”) implica que aquellas operaciones de concentración, como fusiones por absorción, compras de acciones o de activos que permitan ejercer control, entre otros, que superen un determinado umbral previsto en la norma, deberán ser notificadas a la autoridad de competencia que recae en el Indecopi.
En este caso, la autoridad evaluará si la operación podría generar restricciones significativas de la competencia y, dependiendo de ello, podrá hasta denegar la operación.
Fuente: El Peruano