Los esfuerzos de las instituciones públicas por implementar el subsistema de extinción de dominio, una herramienta legal que permite luchar contra la corrupción y el crimen organizado, indicó el titular de Justicia, Vicente Zeballos. Fue después de participar en la inauguración de la conferencia internacional ‘Extinción de dominio y su aplicación en el Perú’, organizado por el Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).
En este contexto, la autoridad saludó la decisión e impulso del Poder Judicial por haber implementado tres salas y 21 juzgados especializados para atender los casos que se derivan de los procesos por criminalidad organizada, corrupción y otros delitos.
Resaltó también las acciones del Ministerio Público que acaba de acondicionar 21 fiscalías provinciales y dos físcalías superiores para la investigación y la carga de la prueba contra el crimen, y a la Policía Nacional del Perú por crear distintas divisiones para ello.
“Lo mismo para las procuradurías, que cada día ganan mayor especialización en esta materia”, mencionó Zeballos, quien explicó que el subsistema de extinción de dominio se encuentra regulado por el Decreto Legislativo Nº 1373, dirigida específicamente contra bienes y fortunas adquiridas como producto de actividades ilícitas reprochables por el orden jurídico peruano.
El objetivo, de esta forma, es garantizar la licitud de los derechos reales que recaen sobre los bienes patrimoniales, a fin de evitar que ingresen al comercio en el país, o extrayendo de este, los bienes que provengan de actividades ilícitas o estén destinados a ellas.
Zeballos, de este modo, pidió a los operadores aplicar la norma con cautela y rigidez, así como apegados a la norma y al debido proceso.
La coordinadora ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi), Mónica López, destacó también el trabajo de las instituciones citadas para la implementación progresiva de la extinción de dominio.
El proceso
El proceso de extinción de dominio consta de tres ejes principales, como son la adecuación organizacional de las entidades que conforman el susbsistema y la capacitación especializada a los operadores de justicia; así como la difusión y publicidad del Decreto Legislativo Nº 1373, que regula esta institución.
Esa norma, precisamente, regula la extinción de dominio como “una herramienta de política criminal independiente y autónoma del proceso penal, dirigida exclusivamente contra bienes y fortunas adquiridas como producto de actividades ilícitas reprochables por el ordenamiento jurídico peruano”.
Fuente: El Peruano