Por: Juan Huamaní Chávez (Experto en Contratación Pública)
Una de las consecuencias de la prolongada paralización provocada por el covid-19 es la crisis en el negocio de la construcción de obras públicas, debido a la regulación compleja en el sector y sus relaciones con el Estado. A continuación, un breve panorama poscovid-19, que incluye hallazgos, advertencias y recomendaciones en este escenario luego de levantada la suspensión.
1.- Tratamientos sobre gastos vinculados a la paralización. Para retomar las actividades, el Gobierno ha emitido el D. Leg. N° 1486 y, además, el OSCE dictó la Directiva N° 05-2020-OSCE/CD; ambos documentos establecen diversos criterios a fin de implementar un tratamiento sobre los gastos vinculados a la paralización y la adecuación a las nuevas condiciones sanitarias.
2.- El contratista debe asegurar no abandonar la obra. La paralización ha significado un despliegue de recursos por parte del contratista para, por ejemplo, asegurar el no abandono de la obra a pesar de su paralización, ya que se deben implementar medidas de seguridad y vigilancia de los equipos en obra, garantizar el vallado de la obra con puntos de vigilancia, entre otros.
3.- Reajuste en los plazos de ejecución. Esta paralización supone un reajuste en el plazo de ejecución de los contratos de obra, así como también en el supuesto que se reanude la actividad. Esta última no será automática, ya que primero se deben implementar medidas de seguridad conforme a los protocolos exigidos.
4.- Sin obra no hay pago. La paralización de la obra no solo perjudica a la ejecución de la obra, sino que también trae consigo perjuicios a los ingresos de los contratistas ya que sin obra no hay pago de valorizaciones; por lo que el contratista, durante todo el tiempo de paralización, a pesar de no contar con ingresos, debe afrontar también los diversos gastos a su cargo, entre ellos el pago de sus planillas.
Por ello, que se debe considerar:
1.- Repensar la imposición de penalidades. A pesar de la implementación de los protocolos de salubridad, podría ocurrir que exista un contagio en su personal clave, y ante ello no resultaría lógico que se penalice al contratista por el cambio de ese personal, por ejemplo. Esto sin atender la cantidad de personas dentro del sector de construcción, que aún no podrán salir de sus casas por las restricciones establecidas ya que son consideradas personas con riesgo de covid-19.
2.- El Estado no podría penalizar al contratista por todos los cambios de personal clave que el contratista se verá obligado a realizar. 3.- Flexibilización de las garantías para los adelantos. Se deberá emplear todas las herramientas posibles para que el sector de la construcción pueda recuperarse de esa paralización que ha generado un gran perjuicio económico a todos los actores del sector.
Fuente: El Peruano