Comisión de Salud aprobó dictamen que propone Ley Nacional del Cáncer

Ley Nacional del Cáncer

La Comisión de Salud y Población, que preside el congresista Omar Merino López (AP), aprobó, por mayoría, el dictamen que propone la Ley Nacional del Cáncer, con el fin de garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos.

Se trata de un dictamen que reúne varios proyectos de ley, entre ellos 5834/2020-CR, 5977/2020-CR, 6827/2020-CR, 7106/2021-CR, 7115/2021-CR, 7127/2021-CR y 7619/2020-CR.

La propuesta tiene como objeto garantizar la cobertura universal, gratuita y prioritaria de los servicios de salud para todos los pacientes oncológicos, indistintamente al tipo de cáncer que establezcan, con la finalidad de asegurar el acceso al derecho fundamental a la salud en igualdad de condiciones y sin discriminación.

El artículo 1, sobre el ámbito de aplicación, señala que es a nivel nacional a todas las instituciones o empresas públicas, privadas o mixtas que tengan por objeto la prestación de servicios de salud oncológica en el marco del Aseguramiento Universal en Salud (AUS).

Además, establece que el Estado garantiza el acceso y la cobertura oncológica integral, que incluye la prestación de servicios de prevención, promoción, control y atención oncológica en cualquiera de sus manifestaciones, formas o denominaciones, que permita asegurar el tratamiento de calidad de las personas diagnosticadas con dicha enfermedad, a nivel nacional y en forma progresiva de acuerdo al desarrollo y la disponibilidad de recursos, incluyendo acciones multisectoriales e intergubernamentales.

El artículo 4 está referido a la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer. Señala que el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud, en su calidad de órgano rector y sus organismos públicos ejecutores en el ámbito de sus competencias, formula, implementa y evalúa la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer, establece los lineamientos, objetivos, indicadores y estándares mínimos de cumplimiento que garanticen una atención integral oncológica, considerándose como ejes vitales la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico oportuno, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos e investigación del cáncer.

Sobre el financiamiento, indica que la implementación de lo dispuesto en la presente ley se financia con cargo a las diferentes Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (Iafas), sean públicas o privadas, a fin de brindar una prestación idónea de los servicios oncológicos a nivel nacional.

Si la persona no contara con seguro social (EsSalud) o privado, o la cobertura de este resultase insuficiente, será afiliado de manera inmediata al Seguro Integral de Salud (SIS), señala el texto aprobado.

Finalmente, la Comisión de Salud y Población aprobó su plan de trabajo para iniciar las investigaciones de las presuntas irregularidades en la gestión de EsSalud, que estarían afectando la correcta atención de los asegurados en relación con las adquisiciones de pruebas rápidas para descarte de COVID-19.

Cabe indicar, que la semana pasada el Pleno del Congreso otorgó a ese grupo de trabajo facultades de comisión investigadora por un plazo de 45 días calendario.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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