El Pleno del Congreso aprobó -con 85 votos a favor- el texto sustitutorio del proyecto de ley 945, que prohíbe a las entidades públicas contratar a través de contratos de locación de servicios con la finalidad de evitar la desnaturalización de la relación laboral, garantizando el derecho de los trabajadores en todas las entidades del Sector Público.
La norma -exonerada de segunda votación- se aplicará a las entidades públicas pertenecientes a los poderes del Estado, organismos constitucionales autónomos, gobiernos regionales y locales, incluyendo organismos descentralizados, proyectos especiales, y programas.
También, prohíbe a las entidades descritas en el párrafo anterior, contratar a través de la modalidad de contratos de locación de servicios para cubrir puestos o funciones de carácter permanente o no permanente, bajo responsabilidad administrativa de los funcionarios o servidores que soliciten o autoricen la contratación.
Se exceptúa la disposición anterior a la contratación de servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados, y por un lapso que no podrá exceder seis meses calendario, bajo la misma responsabilidad funcional descrita en el párrafo anterior.
En sus disposiciones complementarias transitorias y finales, señala establecer un plazo máximo de adecuación de un año para las entidades a las que alcanza la ley, para que convoquen a concursos públicos de mérito a través de los cuales se incorpore a los locadores de servicio que realizan a la fecha de publicación de esta ley actividades de naturaleza permanente, previa evaluación de sus méritos e idoneidad, al régimen laboral que corresponda.
Fuente: Gestión