La Comisión de Justica aprobó el dictamen que modifica el Código Penal y el Decreto Legislativo 1350, respecto a expulsión de extranjeros durante o después de cumplida la pena privativa de libertad o la concesión de un beneficio penitenciario. La propuesta también establece que el expulsado queda prohibido de reingresar al país.
El dictamen se aprobó en base a los proyectos de ley 0621/2021-CR, 1554/2021-CR, 2811/2022-PE, 4264/2022-CR, 4376/2022-CR y 4776/2022-CR
El segundo predictamen aprobado es el recaído en los proyectos de ley 1348/2021-CR y 2268/2021-CR, ley que modifica el Decreto legislativo 635 Código Penal y Decreto Legislativo 654 Código de Ejecución Penal, con la finalidad de incorporar el trabajo obligatorio para los reclusos.
El dictamen establece que el producto del trabajo obligatorio de los condenados con pena privativa de libertad efectiva, se destinará a costear los gastos integrales de su permanencia en el establecimiento penal; el pago de la reparación civil; la prestación alimenticia de ser el caso y formar un fondo propio.
El tercer predictamen aprobado es el recaído en el proyecto de ley 2532/2021-CR, ley que incorpora a los internos de los establecimientos penitenciarios, al sistema de educación superior universitaria.