Los contribuyentes del IGV cuyos ingresos netos anuales sean mayores a 300 UIT y hasta 2,300 UIT, y estén acogidos al Régimen Mype Tributario del Impuesto a la Renta o al régimen general de este tributo, podrán solicitar la devolución del crédito fiscal generado en las importaciones y/o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos.
Esto en aplicación del Decreto Legislativo Nº 1463 por el cual se prorroga la vigencia y se amplia el ámbito de aplicación del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV.
De esta forma, se permite a los citados contribuyentes acogerse excepcionalmente al referido beneficio hasta el 31 de diciembre del 2021, indicó el tributarista Percy Bardales al comentar la norma.
Para los sujetos que se acojan a dicho régimen será de aplicación a las importaciones o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos efectuadas desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre del 2021, precisó el experto que labora como socio de EY en el Perú.
A criterio del experto, esto coadyuva con la reactivación de la economía y mitigación del impacto en la economía nacional de la declaración de estado de emergencia nacional sanitaria por efectos del nuevo coronavirus .
Fuente: El Peruano