En el marco de las acciones de prevención frente al coronavirus en el Perú, la Dirección General de Gobierno Interior (DGIN) del Ministerio del Interior (Mininter) informó que no otorgará garantías de orden público para espectáculos o concentraciones públicas que reúnan a más de 300 personas.
La medida busca dar cumplimiento a la restricción anunciada por el Gobierno, como parte de las medidas adicionales adoptadas en el ámbito nacional para reducir los riesgos y evitar la propagación del nuevo brote del Covid-19, clasificado como una pandemia a escala mundial.
Según una Resolución Ministerial N° 297-2020-IN, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se suspende el otorgamiento de garantías de orden público para reuniones púbicas, concentraciones o eventos sociales masivos, deportivos o de cualquier otra índole, cuyo aforo supere las 300 personas.
Esta suspensión regirá mientras se mantenga vigente el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en emergencia sanitaria a nivel nacional por un plazo de 90 días calendario y que a la vez dicta medidas de prevención y control del Covid-19.
Por su parte, aquellas solicitudes para realizar eventos masivos que no superen un aforo de 300 personas podrán ser estimadas por la DGIN, previa evaluación de los requisitos y plazos establecidos en las normas vigentes, y el análisis acerca de la pertinencia de su realización.
Lo antes dispuesto busca evitar la concentración de personas que, en las actuales circunstancias de pacientes contagiados con el coronavirus, implique un riesgo a la salud pública producido por una mayor propagación del Covid-19.
Si bien la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a reunirse pacíficamente en locales privados o abiertos sin aviso previo, las reuniones que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas por motivos probados de seguridad o de sanidad pública.
Vigilancia
Tanto la Dirección General de Gobierno Interior, como la Policía Nacional del Perú (PNP), vigilarán el cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución.
La DGIN es el órgano de competencia nacional que se encarga, entre otras funciones, de otorgar garantías personales e inherentes al orden público, así como de garantizar el correcto desarrollo de las rifas con fines sociales y las colectas públicas.
También ejecuta acciones de prevención relacionadas con el otorgamiento de garantías, en concentraciones públicas, espectáculos públicos deportivos y no deportivos, para evitar afectaciones al orden público, en coordinación con entidades públicas y privadas competentes.
Fuente: Andina: