La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla reconoce y felicita a los magistrados y personal jurisdiccional y administrativo por su ardua labor para garantizar la administración de justicia durante el aislamiento social decretado mediante los Decretos Supremos Nos. 044-2020-PCM y 051-2020-PCM.
Los únicos órganos jurisdiccionales de emergencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla son:
1. El Juzgado de Paz Letrado Mixto único, a cargo de la señora doctora Juana Gregoria Bringas Enciso, Juez Supernumeraria del Primero Juzgado de Paz Letrado Familia de Ventanilla y Mi Perú, quien asume únicamente el conocimiento de pedidos de consignación y endoso de alimentos, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en todo el Distrito Judicial de Puente Piedra – Ventanilla.
2. El Juzgado Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacutec, a cargo de la señora doctora Maritza del Rosario Mina Ballona, quien asume los procesos con detenidos, libertades, requisitorias, habeas corpus, pedidos de medidas limitativas de derechos relacionadas a la emergencia sanitaria; y otros casos de urgente atención, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en los distritos de Ventanilla y Mi Perú, es decir, actuará como único Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia en dichos distritos.
3. El Juzgado Investigación Preparatoria Transitorio de Ancón y Santa Rosa, a cargo de la señora doctora Cris Lloly Ruiz Cardenas, quien asume los procesos con detenidos, libertades, requisitorias, habeas corpus, pedidos de medidas limitativas de derechos relacionadas a la emergencia sanitaria; y otros casos de urgente atención, de conformidad a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, en los distritos de Ancón, Santa Rosa y Puente Piedra, es decir, actuará como único Juzgado de Investigación Preparatoria de Emergencia en dichos distritos.
4. El Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Ancón y Santa Rosa, a cargo de la señora doctora Masiel Galindo Soto, en el marco de lo establecido en la Resolución Administrativa N° 115-2020-CE-PJ, conoce la situación jurídica de los requisitoriados detenidos que competen a todos los Juzgados Penales Unipersonales de este Distrito Judicial; dictará las medidas de protección que competen a todos los Juzgados de Familia de este Distrito Judicial, conocerá los procesos de adolescentes en conflicto con la ley penal que ingresen con detenido, conocerá la admisión y medidas cautelares en procesos de amparo, que correspondan a todos los Juzgados Civiles (con competencia en procesos de Amparo) de este Distrito Judicial, así como también conocerá otros casos de urgente atención de conformidad a lo establecido en la citada resolución emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
5. La Sala Mixta de Emergencia, establecida en la Resolución Administrativa N° 107-2020-P-CSJPPV, conoce y tramitará los procesos que contengan las materias catalogadas como urgente.
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