SUPREMA RESPALDA AL EMPLEADOR
La Corte Suprema validó el despido de un trabajador por agresión verbal a un compañero de labores, descartando la posibilidad de que dicho acto sea considerado un despido fraudulento.
Así, la singularidad del despido fraudulento respecto a otros casos de desvinculación está relacionada con la presencia de la conducta pérfida del empleador como base del despido, precisó el colegiado.
A criterio de Percy Alache, director del Área Laboral de Pwc, en el despido por faltamiento de palabra es necesario evaluar el contexto, las circunstancias y la intención de las agresiones ocurridas.
Tal investigación fijará la responsabilidad del agresor y las sanciones, para lo cual es vital contar con lineamientos que fijen las reglas de disciplina laboral, que deben actualizarse continuamente, detalló.
Fuente: El Peruano