CTS: ¿Las empresas podrán postergar el depósito de noviembre?

(Foto: GEC)
Pago de CTS
(Foto: GEC)

Este 15 de noviembre vence el plazo para el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Cabe recordar que días previos al depósito de mayo, el Gobierno emitió una norma dando a las empresas la posibilidad de postergar este pago hasta noviembre (con excepción de la CTS de los trabajadores que ganan hasta S/ 2,400 al mes o que estén en suspensión perfecta de labores).

¿Las empresas podrán también postergar el depósito de la CTS de noviembre?

Si bien la norma del Gobierno solo fue para la CTS de mayo, las empresas también podrían postergar el depósito de noviembre si es que llegan a un acuerdo con sus trabajadores, indicaron especialistas consultados por Gestión.pe.

César Puntriano, socio del Estudio Muñiz, refirió que las empresas pueden acordar con sus trabajadores postergar el depósito o hacer un pago fraccionado.

“Hay varias empresas que aún están golpeadas económicamente y seguramente buscarán este tipo de acuerdos”, indicó.

En ello coincidió Brian Avalos, laboralista asociado del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez. Subrayó que el acuerdo debe quedar oficializado en un documento y también se debe fijar el pago adicional de intereses, debido al retraso en el pago.

El interés debería ser similar a la tasa que paga la entidad financiera donde está depositada la CTS del trabajador, precisó Ávalos.

Pese a la firma de este acuerdo con los trabajadores, las empresas corren el riesgo de que ello sea desconocido por Sunafil tras una fiscalización.

“En esos casos, seguramente Sunafil podría requerir a la empresa de que haga el pago de la CTS de inmediato, y de no hacerlo la empresa, allí recién podría ser multada”, sostuvo Puntriano.

Ávalos remarca en que el acuerdo de postergación del pago de la CTS debe estar sustentado en la situación económica de la empresa, lo cual fue el fundamento para la norma de flexibilización dada por el Gobierno para la CTS de mayo.

Pequeñas empresas

En el caso de las pequeñas empresas, Puntriano refiere que estas no solo pueden buscar llegar a un acuerdo con sus trabajadores para postergar el pago de la CTS, sino que también pueden ampararse en el Decreto Legislativo Nº 1499, emitido por el Gobierno en mayo, el cual les permite fijar una reprogramación de las deudas sociolaborales generadas durante el Estado de Emergencia por el COVID-19.

El DL Nº 1499 permite fijar un plan de recuperación, donde las deudas sociolaborales se pagarán en un periodo máximo de doce meses.

Uno de los principales requisitos para que las empresas se acojan a este plan de recuperación es no haber aplicado suspensión perfecta de labores a los trabajadores a los cuales se busca reprogramar el pago de deudas sociolaborales.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

One Comment

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  1. UNA CONSULTA LA EMPRESA DONDE TRABAJO HASTA LA FECHA 04 DE DICIEMBRE DEL 2020 NO DEPOSITA LA CTS , QUE PUEDO HACER AL RESPECTO,

    ESTA MUY MAL QUE LE GOBIERNO DE FACILIDADES A LAS EMPRESAS POR QUE SE ESTA FORMA HAY EMPRESA , NO TODAS SE APROVECHAN COMO ES EL CASO DE MI EMPRESA DONDE LABORO

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