Se estima que uno de cada dos trabajadores formales perdió su empleo en el último trimestre de este año. | Fuente: Internet Alrededor de 1 millón 320 mil puestos de trabajo se perdieron solo en Lima Metropolitana, en los últimos tres meses del año, según cifras el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
Esta pérdida de empleos podría deberse a la culminación del contrato del trabajador, renuncias o al despido del empleado por un recorte en el personal. Ante esto, ¿qué deben tener en cuenta las personas que han perdido sus empleos formales?
«A grandes rasgos un trabajador desvinculado, cualquiera fuera su razón, tiene derecho a una liquidación de beneficios sociales que son los que ha generado hasta la fecha de término de su relación laboral», explica el abogado laboralista Germán Lora.
Estos beneficios incluyen las remuneraciones de empleados hasta la fecha que trabajó, un proporcional de la gratificación del periodo que corresponda, al depósito de una parte de la CTS (de mayo o noviembre), y al pago de las vacaciones pendientes de goce.
En cuanto al pago de las utilidades, se tendrá que comprobar que la empresa generó estas utilidades para que estas puedan ser repartidas en los primeros meses del 2021.
En el caso de aquellas personas que trabajaban fuera de planilla, estos tendrían que hacer una demanda judicial para que se les pueda reconocer la relación laboral.
¿Qué pasa si cierra la empresa?
Respecto a los trabajadores que perdieron sus puestos debido al cierre de la empresa en la que laboraban, estas tenían que cumplir con unos pasos previos a la liquidación.
Si una empresa decide su disolución, generando así un despido masivo de trabajadores, tienen la obligación de comunicar el hecho a los empleados en un plazo de 10 días previos al cierre.
Con la extinción del vínculo laboral por cierre todos los trabajadores deben recibir los beneficios laborales anteriormente mencionados. No es válido que la empresa alegue no tener liquidez para no pagar a sus ex trabajadores.
Despidos arbitrarios
El experto señala que en caso el empleador despida a su trabajador sin una causa justa, este podría exigir una indemnización extra.
Este tipo de desvinculación se da cuando no hay una renuncia, ni un mutuo disenso, fallecimiento o vencimiento del contrato, sino que el empleador decide unilateralmente retirar al trabajador.
«En ese caso los trabajadores tienen derecho a lo que se conoce como indemnización por despido arbitrario, que es un sueldo y medio por año laborado con un tope de 12 remuneraciones», comentó en ‘Viernes económicos’ de RPP.
En caso el contrato del trabajador sea a plazo fijo la indemnización tendría que ser de un sueldo y medio por cada mes que falte terminar el contrato.
Fuente: RPP