El Ejecutivo observó la norma que autorizaba a acceder el retiro de hasta S/ 17.600 (4 UIT) de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y planteó nuevos mecanismos como limitar las 4 UIT solo a los trabajadores que no cuenten con aportes por tres meses consecutivos, eliminar el artículo que permitía a los beneficiarios de una obligación alimentaria a retirar hasta el 30% del monto de retiro, y eliminar la disposición que permitía el retiro del 100% a personas mayores de 40 años que no presenten aportes en los últimos 5 años.
“En general, la propuesta del Ejecutivo parece bastante razonable, dado que se enfoca en las personas sin empleo formal que fueron afectadas por la crisis económica actual. Sin embargo, es probable que el Legislativo, en su permanente afán populista, apruebe por insistencia la ley tal y como está, haciendo caso omiso a los ajustes sugeridos”, manifestó Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School.
En tanto, para el ex superintendente de las AFP, Enrique Díaz Ortega, el Gobierno debe buscar otras herramientas para poder ayudar a la población vulnerable que está en este sistema.
“Se debería realizar un replanteo y poner más restricciones para el que piensa retirar. Ahora es muy fácil con la tecnología cruzar información, si tenemos personas que no han perdido el empleo o tienen otra fuente de ahorro, entonces para ellos no sería”, sostuvo.
El también socio fundador de Mercado de Capitales, Inversiones y Finanzas (MC&F) agregó que el dinero de las pensiones tendría que ser para las personas que no tienen opciones y se les debe otorgar con mucha prudencia. “Tiene que ser con información comprobable y hoy es más fácil de hacerlo”, acotó.
Mencionó que hay indicios de que la mayoría de los peruanos no tiene capacidad de realizar inversiones correctas.
CASO CHILENO
Para Francisco Castañeda, director de la escuela de Negocios de la Universidad Mayor de Chile, la crisis por la pandemia en su país ha presionado por un tercer retiro del 10% de los fondos de las AFP. “Hubo una discusión muy grande porque el gobierno inicialmente se resistía debido a que los dos retiros anteriores significaron recursos entre US$ 35 mil millones a US$ 40 mil millones”, comentó.
Añadió que esta medida ha generado crítica porque la gente con alto ingreso puede hacer el retiro, pese a que tiene estabilidad laboral y un salario., mientras que “ahora mismo ya hay tres millones de personas que tiene cero de recursos en su cuenta previsional”, dijo.
Sin embargo, Castañeda mencionó que el presidente de Chile, Sebastián Piñera, presentó la noche del domingo un proyecto para un tercer retiro del 10% de las pensiones, luego de que impugnara ante el Tribunal Constitucional una propuesta opositora aprobada en el Congreso.
El proyecto del Ejecutivo chileno permite el retiro de 10% de las AFP, con un monto máximo cercano a los US$ 6.300 y un mínimo de US$ 1.430. Los cotizantes que pertenezcan al 10% de más altos ingresos deberán pagar impuestos.
“También menciona que para los tres millones de personas que sacaron la totalidad de sus ahorros previsionales en los dos primeros retiros, recibirán un bono del Estado de casi US$ 300”, indicó.
Agregó que hoy da lo mismo si se aprueba el proyecto del parlamento o el del Ejecutivo, ya que ambos van a incidir en la pensión futura.
LAS AFP NO QUEBRARÁN
El economista chileno comentó que, pese a estos retiros que se darán, las empresas de AFP van a continuar y lo mismo pasaría en todos los países de la región.
“Las AFP son empresas privadas con patrimonio propio que intermedian recursos financieros en los mercados bursátiles o bonos financieros y compran deuda pública, así que no van a quebrar, pero van a manejar un menor volumen de dinero”, precisó.
Señaló que las administradoras de fondos de pensiones tienen todos los resguardos de capital y patrimonio establecido por ley.
¿QUÉ PASARÁ AHORA CON LA LEY?
Como el mandatario observó el retiro de hasta S/ 17.600 de las AFP, el proyecto ha retornado al Congreso con la contrapropuesta del Ejecutivo, que, entre otras cosas, limita el acceso a los fondos a los afiliados que no registran aportes por al menos tres meses consecutivos, hasta el 30 de abril de 2021.
¿Luego qué sigue?
Como la norma está de regreso en el Parlamento, los congresistas pueden hacer dos cosas:
1. Regresarla a las comisiones respectivas
Al recibir de vuelta la autógrafa de ley, los parlamentarios pueden determinar que regrese a la Comisión de Economía para que mejore o cambie algunos puntos del proyecto.
Si se escoge esta salida, el proceso vuelve a cero; es decir, la norma retorna a las comisiones respectivas, donde puede ser corregida y aprobada. Luego pasa al pleno del Congreso y la someten a votación. Si es aprobada, es remitida una vez más al Ejecutivo para su promulgación en un plazo de 15 días hábiles.
2. La promulgan por insistencia
Si al retornar al Parlamento, los legisladores deciden no subsanar las observaciones, el proyecto de ley es sometido a una nueva votación, tal cual como se aprobó al inicio, antes de las recomendaciones del Ejecutivo.
Si se aprueba con más de la mitad de los votos de los 130 legisladores, el presidente del Congreso la promulga por insistencia; es decir, ya no necesita la opinión del mandatario de la República. Dicho esto, la ley promulgada debe salir en el Diario Oficial El Peruano con la firma de la presidenta del Congreso.
Fuente: El Comercio