El drama de las obras por impuestos

Mario Reggiardo

Por: Mario Reggiardo, Abogados de Payet, Rey, Cauvi, Pérez. 

El mecanismo de Obras por Impuestos (OxI) se implementó para disminuir la brecha de infraestructura en nuestro país. La idea es que las empresas privadas financien y gestionen obras, a cambio de descontar lo invertido del impuesto a la renta. El inicio fue prometedor y solo en los últimos tres años se han invertido S/. 1929 millones. Pero de las 411 obras adjudicadas desde el 2009 solo se han concluido 234.

Algunas situaciones desincentivan a las empresas a embarcarse en estos proyectos. Muchos problemas empiezan por defectos en el expediente técnico, que no siempre es elaborado por la empresa financista, debido a que la entidad opta por lanzar una convocatoria para la elaboración del expediente técnico y otra para la ejecución del proyecto. Lo recomendable es que el privado pueda tener a su cargo también la elaboración del expediente para minimizar esos defectos.

Otro problema son las cláusulas arbitrales de los convenios de inversión, que suelen ser ambiguas y generan dilaciones en la solución de los conflictos. La normativa OxI exige arbitrajes institucionales, pero las entidades no especifican la institución a la que se someterán las controversias. Esto genera largas discusiones procedimentales sobre cuál debe ser la entidad que administre el arbitraje, en vez de que directamente se pueda iniciar el proceso y resolver el conflicto.

Cuando se presentan controversias con la entidad pública, es recomendable que estas sean abiertas a buscar consensos y tener al arbitraje solo como última opción, ya que se pueden entrampar las obras. Conforme a la normativa OxI, no procede la liquidación del proyecto mientras existan controversias pendientes de resolver, lo que suele llevar a tener proyectos sin liquidar por mucho tiempo. Sin la liquidación, el privado no tendrá derecho a recibir el Certificado de Inversión Pública, que es uno de los motivos por los que las empresas deciden financiar y gestionar una obra pública. Sin ese certificado, la empresa deberá pagar el impuesto a la renta, como si no hubiese gastado millones en hacer la obra.

El temor a la Contraloría y a la Fiscalía hace que muchos funcionarios públicos no transen en las controversias con el privado y acaben en largos conflictos con el que pierden todos: la población con una obra no concluida, la entidad pública con una imagen de ineficiente y la empresa privada que gasta mucho dinero sin poder descontar esa inversión como impuesto a la renta, lo que la desincentiva de financiar nuevas obras en el futuro.

Fuente: Gestión

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Marcelino Encalada, gerente de Ahorros y Finanzas de Caja Piura

Empiezan las reprogramaciones de deudas con garantías del Gobierno

APP Personas

Sunat recuerda a contribuyentes actualizar datos de contacto vía APP Personas para evitar las faltas involuntarias