Empresas deben remitir a la SUNAFIL la información sobre el cumplimiento del plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo

Sunafil

Con la finalidad de contribuir con la reactivación económica y coadyuvar en la vigilancia del cumplimiento de la normativa en materia de sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, la SUNAFIL dispone que, hasta el 23 de agosto de 2020, las empresas deben remitir la información solicitada, mediante cartas inductivas sobre el cumplimiento del Plan para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19 en el trabajo. Todo esto dentro del marco de la legislación emitida por el sector Salud.

Para ello, el formulario de 46 preguntas que, en calidad de autodiagnóstico, fue remitido por Casilla Electrónica, debe ser respondido a través de dicho medio electrónico.

Para acceder a la casilla electrónica de la SUNAFIL, los empleadores deben ingresar a la página web: www.sunafil.gob.pe; usando su clave sol.

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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