Entrarán en vigencia nuevas reglas contra el hostigamiento sexual

Entrarán en vigencia nuevas reglas contra el hostigamiento sexual

Hasta antes del 20 de octubre próximo, las empresas deberán de cumplir con adecuar la política interna sobre prevención del hostigamiento sexual. Para ello, será necesario identificar en esta normativa cuáles son los canales para la presentación de denuncias y el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual, anotó la laboralista María Haydee Zegarra.

En cuanto a este punto será necesario considerar que bajo la nueva regulación, las etapas y plazos de la investigación se han modificado, así como la oportunidad en la que debe reportarse la existencia de la denuncia al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el resultado de la citada investigación”, sostuvo la experta y socia del Estudio Rebaza, Alcázar & De las Casas.

Respecto a la exigencia de formar un comité de intervención frente a estos hechos, anotó que los empleadores tienen hasta el 20 de setiembre para establecer el procedimiento que seguirán a fin de crear el referido grupo de trabajo, y las reglas orientadas a elegir a los representantes de los trabajadores titulares y suplentes.

“El objetivo es que a más tardar el 20 de febrero de 2020 el comité esté instalado y en ejercicio de sus funciones”, dijo.

Mientras se completa esta instalación, además, los centros laborales con más de 20 empleados deberán efectuar las investigaciones con dos representantes de la oficina de recursos humanos (o la que haga sus veces) y dos trabajadores elegidos por dicha oficina, garantizando la paridad de género.

Los empleadores también estarán obligados a realizar evaluaciones anuales para identificar estas posibles situaciones. “En estricto, esta información podría recabarla como parte del plan anual de seguridad y salud en el trabajo, garantizando siempre que los mecanismos bajo los cuales se obtenga esta información, como encuestas, sean estrictamente confidenciales, pues de otra forma será difícil conseguir que la data se traslade de manera fiel”, aseveró.

Apuntes

El D.S. Nº 014-2019-MIMP, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 27942, de prevención y sanción del hostigamiento sexual, desarrolla las disposiciones para prevenir, investigar y sancionar los actos de hostigamiento sexual.

La norma, de este modo, es aplicable en el ámbito laboral, educativo, en las instituciones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, entre otros.

Fuente: El Peruano

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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