Debido a la emergencia sanitaria, muchos comerciantes están pensando en cambiar el giro de sus negocios, teniendo en cuenta la inviabilidad de retomar sus operaciones en el futuro cercano o la necesidad de empezar a generar ingresos lo antes posible.
Para realizar este procedimiento, existen según Elard Dianderas, socio del área de Regulación Municipal y Autorizaciones del Estudio Muñiz, dos rutas relativamente sencillas y que están siendo mejoradas: la actividad simultánea y afín, y la actividad complementaria.
“La simultánea y afín es bastante sencilla porque es un giro adicional, solamente se tiene que presentar una Declaración Jurada, pero está restringida a un listado de actividades aprobado por el Ministerio de la Producción.
Luego, se tienen las complementarias, donde se debe presentar un formulario de que se va a realizar un giro adicional a lo que permite la licencia de funcionamiento, pero son las municipalidades quienes deben señalar qué actividades se consideran complementarias en sus distritos”, explicó.
ORDENANZAS
Miraflores fue uno de los primeros distritos en reaccionar ante la pandemia y dio una ordenanza para que la actividad complementaria a negocios como minimarkets o droguerías fuera solo con formulario, agilizando el trámite.
“Ha sido exitoso porque se ha replicado también en San Borja, San Isidro, Independencia y otros distritos más. La limitación principal es que la municipalidad emita la ordenanza para saber qué tipo de negocios pueden ajustarse a esta mecánica más fluida”, comentó.
En opinión de Alfredo Chan, socio de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, es un trámite que debería ser muy rápido porque la licencia de funcionamiento está aprobada.
Fuente: Correo