Exdecanos del CAL piden la intervención de la OCMA y JNJ en dicha institución

Colegio de Abogados de Lima

Los exdecanos que suscriben, integrantes del Consejo de Asesoramiento del Ilustre Colegio de Abogados de Lima (CAL), frente a la grave crisis institucional, señalamos que:

Primero: Hace más de quince meses que el CAL no puede desarrollar sus elecciones, a raíz de un proceso constitucional de amparo interpuesto por un abogado, para que se reconozca su elección como miembro de la Junta de Vigilancia, en las elecciones de noviembre de 2019: sin embargo, el Tercer Juzgado Constitucional, mediante una medida cautelar, afectó a las elecciones de Junta Directiva y de Delegados, indebidamente, pues tales elecciones no fueron temas materia de la demanda: y, después de un año, declara infundada la demanda, para luego conceder un recurso de apelación, y solo ante nuestro reclamo, recién se elevó el expediente N° 06991-20)9, a la Sala superior. Tal demora excesiva, afecta gravemente al colegio, por lo que REITERAMOS nuestro pedido de la Intervención de la Oficina de Control de la Magistratura y de la Junta Nacional de Justicia, para que se vele por el oportuno pronunciamiento judicial y se puedan continuar los procesos electorales.

Segundo: Nos encontramos ante la peor crisis institucional del CAL y se incrementa aquella por demandas interpuestas por integrantes de órganos del colegio, que reclaman indemnizaciones que se aprecia son patrocinadas por el mismo letrado que interpuso la demanda inicial de amparo, impidiendo así el buen desenvolvimiento del colegio.

Tercero: La grave crisis del CAL, debido a intereses subalternos, ha motivado que congresistas presenten proyectos de leyes, para modificar el inciso tres del articulo 179 de la Constitución peruana, a fin de que la elección del quinto miembro del Jurado Nacional de Elecciones, se realice por los miembros de la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, es decir por solo 25 abogados, y ya no en elecciones universales por los agremiados del CAL; PRETENSIÓN QUE RECHAZAMOS, porque en esa elección no deben de primar criterios políticos.

Lima, 06 de abril de 2021.

Raúl Perrero Costa
Fernando Vidal Ramírez
Delia Revoredo Malsano
Aníbal Torres Vásquez
Marcos lbazeta
Martín Belaúnde Moreyra
Ulises Montoya Alberti
José Antonio Ñique de la Puente
Luz Aúrea Saénz
Raúl Chanamé Orbe
Mario Amoretti Pachas
Pedro Angulo Arana

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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