Fijan no aplicar salvaguardias a la importación de confecciones (Decreto Supremo N° 008-2021-MINCETUR)

confecciones

El Poder Ejecutivo determinó no aplicar salvaguardias definitivas a la importación de confecciones, para lo cual consideró el informe técnico elaborado por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

En el documento se recomendó no aplicar estas medidas comerciales debido a la falta de respuesta de las empresas de confecciones nacionales.

La medida se dispuso mediante Decreto Supremo N° 008-2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), publicado en el Diario Oficial El Peruano.

Evaluación

Esta decisión se hizo pública luego del análisis de la Comisión Multisectorial integrada por los titulares de los ministerios de Economía y Finanzas (MEF), de la Producción (Produce) y de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) sobre la base del informe final elaborado por el Indecopi, mediante su Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias (CDB), indicó el Mincetur.

La Comisión Multisectorial del Ejecutivo evaluó el informe técnico elaborado por la CDB en cumplimiento de las condiciones expresadas en el Acuerdo sobre Salvaguardias de la Organización Mundial del Comercio y el reglamento nacional sobre la materia, señaló.

Reglas

El reglamento nacional establece que para la determinación definitiva sobre una posible amenaza de daño grave a la rama de producción nacional esta debe estar constituida por un grupo de empresas.

Este grupo debe representar al menos el 50% de la producción nacional.

Fuente: El Peruano


Decreto Supremo N° 008-2021-MINCETUR

Decreto Supremo N° 008-2021-MINCETUR

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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