Hasta el 4 de mayo del presente año tienen plazo los gobiernos locales para incorporar los diez procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones (ITSE), aprobados mediante Decreto Supremo N° 043-2021-PCM.
La norma faculta a los municipios a establecer condiciones más favorables que las que se determinan en los procedimientos, tales como la exigencia de mejores actividades y plazos de atención, resalta el estudio Echecopar en su análisis del decreto.
Pagos
“Aspectos como los canales de atención; el pago por derecho de tramitación, la modalidad de pago, la unidad de organización donde se presenta el documento y se aprueba la solicitud y las sedes y horarios de atención serán completados por los gobiernos locales”, añade.
La estandarización, precisa, entrará en vigor el 27 de abril, por lo que las comunas tienen plazo para incorporar los procedimientos y el servicio prestado en exclusividad en sus Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) hasta el 4 de mayo, sin necesidad de la aprobación de otra entidad.
El bufete señala que en caso los municipios no cumplan con la obligación de incorporar los procedimientos estandarizados en sus TUPA, por mandato del artículo 41.2 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Procedimiento Administrativo General se aplicará el artículo 58.1 de esta misma norma.
Así, explica que “a) respecto de los procedimientos administrativos que corresponde ser aprobados por silencio administrativo positivo, los administrados quedan liberados de la exigencia de iniciar ese procedimiento sin que por ello sean pasibles de ser sancionados, y b) respecto de los procedimientos administrativos sujetos a silencio administrativo negativo deben ceñirse a dicho régimen”.
Fiscalización
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), mediante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, fiscalizará que los municipios cumplan con aplicar los procedimientos y el servicio prestado en exclusividad, añade.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, corresponderá “a la Contraloría General de la República, mediante los órganos de control institucional de los gobiernos locales, conforme a sus competencias, verificar de oficio que los funcionarios y servidores cumplan con las obligaciones previstas en el presente decreto supremo”, precisa la norma.
Además, agrega, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), mediante la Secretaría de Gestión Pública, efectuará las gestiones conducentes con el fin de hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios, “para lo cual cuenta con legitimidad para accionar ante las entidades de la administración pública que correspondan”.
Mecanismos
Los primeros procedimientos que se deben incorporar corresponden a la ITSE posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasificados con niveles de riesgo bajo, medio, alto y muy alto, con sus respectivos requisitos, características y plazos de entrega del certificado, señala el bufete.
Una persona natural o jurídica solicitará la ITSE. La municipalidad verificará el cumplimiento de los requisitos, efectuará la inspección y de cumplir con las condiciones de seguridad otorgará la resolución y el certificado de la ITSE que contará con una vigencia de dos años.
Para las dos primeras clases de establecimientos, el plazo de entrega de este último documento será de siete días hábiles. Si vencido este tiempo de atención la solicitud carece de respuestas, se aprobará la solicitud.
Respecto a los locales de riesgo alto y muy alto, el decreto supremo establece que el límite de expedición del certificado de la ITSE será de nueve días hábiles. De igual manera, regirá el silencio administrativo positivo, explica el estudio.
Sobre la renovación del certificado ITSE para los establecimientos objeto de inspección clasificados con niveles de riesgos bajo, medio, alto y muy alto, una persona natural o jurídica, antes de que finalice el período de vigencia del documento, solicitará su renovación, siempre y cuando manifieste que mantiene las condiciones de seguridad que sustentaron el otorgamiento del certificado.
La municipalidad verificará el cumplimiento de los requisitos y otorgará la resolución y el certificado; después ejecutará la diligencia de inspección. El documento contará con una vigencia de dos años.
Espectáculos públicos
El Decreto Supremo N° 043-2021-PCM detalla también la evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos con una concurrencia de hasta 3,000 personas y de más de 3,000 personas.
En ambos casos, la persona natural o jurídica solicitará la evaluación con una anticipación no menor de siete días hábiles a la fecha de realización del evento. Si necesita más de siete días hábiles para habilitar las instalaciones, montajes o acondicionamiento, presentará la solicitud antes de empezar sus actividades.
La verificación incluye la evaluación de la instalación, montaje o acondicionamiento de las estructuras e instalaciones temporales que se usarán en el espectáculo, entre otros.
Fuente: El Peruano