Gracias No Insista: Estos son la pasos para reportar publicidad no deseada

INDECOPI recuerda a los usuarios que pasado 5 de setiembre de 2018, se modificó el artículo 58° del Código de Protección y Defensa del Consumidor con la finalidad de evitar que las consumidoras y consumidores reciban mensajería instantánea, correos electrónicos o llamadas de proveedores promocionando productos y/o servicios, sin que cuenten con su autorización previa. Con esta modificación, quedó sin vigencia el registro “Gracias… No insista”, en tanto ya no es necesario encontrarse inscrito en ningún registro para no recibir este tipo de comunicaciones sin haber dado su autorización.

Si usted recibiera este tipo de comunicaciones, puede reportar al correo sacreclamo@indecopi.gob.pe o a ‘WHATSAPP NO INSISTA’ 999273647:

  • Nombre de la empresa.
  • Detalle de los productos o servicios que se promocionan.
  • Número telefónico y/o correo electrónico desde el que realizó la promoción, enviando una captura de pantalla de la comunicación.
  • Fecha y hora de la comunicación.
  • Adicionalmente, podrán remitir grabaciones y otro material que pruebe la comunicación.

Esta información será muy útil y nos permitirá adoptar las acciones correspondientes en defensa de sus derechos como consumidoras y consumidores.

Fuente: Indecopi

Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

Miguel Cavero Velaochaga

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TFA: Exceder los Límites Máximos Permisibles (LMP) es una infracción de naturaleza instantánea (PDF)