El Indecopi, en segunda instancia, confirmó que la citada universidad sí debía acogerse a un procedimiento concursal. Incluso declaró infundada en última instancia administrativa la apelación formulada por la casa de estudios.
La Sala Especializada en Procedimientos Concursales (SCO) del Tribunal del Indecopi suspendió los efectos de la Resolución N° 0280-2021/SCO-INDECOPI que confirmó el inicio del procedimiento concursal ordinario de la Universidad Alas Peruanas, dictado en primera instancia por la Comisión de Procedimientos Concursales (CCO) (Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI). Ello, en cumplimiento de una medida cautelar ordenada por el Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao.
La SCO dispuso además que la CCO cumpla con suspender los efectos de la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI y del procedimiento concursal ordinario en cuestión; y ordenó a la Oficina de Asesoría Jurídica del Indecopi poner en conocimiento de la Junta Nacional de Justicia y de la Oficina de Control de la Magistratura respectiva, la Resolución N° Uno del 01 de septiembre de 2021, que contiene la decisión del citado Juzgado.
En ese sentido, mediante la Resolución N° 10664-2021/CCO-INDECOPI del 04 de octubre de 2021, la CCO suspendió los efectos de la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI y del procedimiento concursal ordinario de dicha casa de estudios. La resolución puede revisarse en el siguiente enlace: https://enlinea.indecopi.gob.pe/boletinconcursal/pgw_interes.seam
La Resolución N° 0690-2021/SCO, que contiene la decisión de la Sala Especializada en Procedimientos Concursales, se encuentra alojada en el buscador de resoluciones del Indecopi en el siguiente enlace: http://servicio.indecopi.gob.pe/buscadorResoluciones/tribunal.seam
Sobre el Caso
El 29 de enero de 2020, la empresa Group CSC S.A.C. solicitó ante la CCO el inicio del procedimiento concursal ordinario de la Universidad Alas Peruanas, ya que dicha casa de estudios mantenía deudas exigibles y vencidas por más de treinta (30) días calendario, por un importe de más de 50 UIT (unidades impositivas tributarias) con motivo de la contratación de servicios de seguridad y vigilancia privada.
Dicha solicitud fue admitida por la comisión tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley General del Sistema Concursal, entre ellos, la existencia de créditos por el importe de S/ 10 760 783,52 (Resolución N° 3196-2020/CCO-INDECOPI).
Posteriormente la SCO, en segunda y última instancia administrativa, confirmó la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI, que declaró infundada la apelación presentada por la universidad contra la solicitud del Group CSC y declaró el inicio del procedimiento concursal.
Ante ello, la casa de estudios se acogió a un proceso de amparo contra el Indecopi por la vía judicial, siendo la decisión del Tercer Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao ordenar al Indecopi suspender provisionalmente los efectos de la Resolución N° 0280-2021/SCO-INDECOPI, la Resolución N° 3804-2020/CCO-INDECOPI, y el procedimiento concursal ordinario de Universidad Alas Peruanas.
Procedimiento concursal: Es un procedimiento administrativo mediante el cual se busca que los acreedores de un deudor (se trate de una persona natural o jurídica) adopten las decisiones más pertinentes, en el marco de la legislación concursal, para lograr recuperar las acreencias (deudas). El Indecopi vela por la legalidad de los acuerdos adoptados en el procedimiento y las actuaciones entre deudores y acreedores.