Indecopi podrá interponer demandas colectivas que busquen resarcir a usuarios por prácticas anticompetitivas

Indecopi podrá interponer demandas colectivas que busquen resarcir a usuarios por prácticas anticompetitivas

El Indecopi presentó la guía digital con los ‘Lineamientos sobre resarcimiento de daños causados a consumidores como consecuencia de conductas anticompetitivas’, documento que reglamenta la facultad de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) de promover demandas indemnizatorias ante el Poder Judicial para compensar económicamente a los consumidores por daños causados por conductas anticompetitivas.

“Este era un tema que teníamos pendiente como Indecopi y hoy venimos a anunciarles que hemos cumplido con nuestro compromiso. Hoy estamos en un momento histórico en materia del fortalecimiento del sistema de la libre competencia”, manifestó la presidenta del Consejo Directivo del Indecopi, Hania Pérez de Cuéllar.

Resaltó que la defensa de la libre competencia no implica únicamente multar a las empresas que incurren en conductas anticompetitivas, como los cárteles o los acuerdos ilegales, sino que «debemos velar por el resarcimiento de los consumidores que hayan sufrido daños específicos, y con este documento el Indecopi da un paso importante en esa dirección».

“Estos lineamientos nos permiten activar un instrumento legal y jurídico para que el Indecopi pueda interponer demandas o indemnizaciones colectivas para los consumidores que se ven afectados por prácticas anticompetitivas”, destacó Pérez de Cuéllar. Asimismo, anunció que el Indecopi publicará pronto la directiva que permite imponer demandas colectivas desde la Autoridad de Protección del Consumidor, junto a otros actores, como las asociaciones de consumidores.

Por su parte, el secretario técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, Jesús Espinoza, señaló que con estos lineamientos el Indecopi facilita el camino para realizar demandas en conjunto a favor de todos los consumidores afectados, dejando atrás los pocos incentivos que tenían los ciudadanos para demandar individualmente, pues el daño derivado de una conducta anticompetitiva puede ser bajo, mientras los costos judiciales son altos y los procesos largos.

“Las conductas anticompetitivas pueden afectar a los consumidores con sobreprecios impuestos a los ciudadanos de entre 15% y 20%, y el Indecopi lo ha comprobado en la práctica”, refirió.

La resolución que aprueba los Lineamientos sobre resarcimiento a consumidores por conductas anticompetitivas fue publicada hoy en el diario oficial ‘El Peruano’ y estos pueden ser revisados mediante siguiente enlace: https://bit.ly/3uVhDo0.

Como se sabe, el Indecopi, a través de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia y de su Secretaría Técnica, ejerce un rol central en la investigación y sanción de conductas anticompetitivas.

Adicionalmente, dichos órganos también cumplen un papel fundamental en el eventual resarcimiento económico de los consumidores afectados, pues la Ley de Libre Competencia faculta a la referida Comisión a promover demandas por el resarcimiento de los daños causados a los ciudadanos como consecuencia de las conductas anticompetitivas.

De acuerdo con los Lineamientos publicados hoy, estas demandas de resarcimiento ante el Poder Judicial solo pueden ser iniciadas por la CLC previo informe favorable de su Secretaría Técnica, y luego de que sus resoluciones administrativas que declaran la existencia de una conducta anticompetitiva queden firmes.

Cabe indicar que la experiencia internacional demuestra que las conductas anticompetitivas suelen causar daños económicos a los consumidores, sobre todo los cárteles, y que una de las herramientas más eficaces para enfrentar este mal accionar de las empresas son las demandas que instituciones similares al Indecopi interponen en defensa las personas afectadas, en sus respectivos países.

Plazos de las demandas de resarcimiento

Los Lineamientos publicados establecen que, una vez que el Indecopi sea notificado por el Poder Judicial de la admisión de la demanda de resarcimiento, dentro de los 10 días hábiles siguientes la Secretaría Técnica de la CLC emitirá un comunicado en la página web del Indecopi y, como mínimo, en una de sus redes sociales, resumiendo la pretensión económica y los principales fundamentos de hecho y derecho de la demanda, y precisando cuál es el grupo de consumidores afectados.

En dicho comunicado, la Secretaría Técnica podrá solicitar a los consumidores la posibilidad de presentar, dentro del plazo de 30 días hábiles, documentos que acrediten su condición de afectados para que puedan recibir la parte correspondiente del resarcimiento demandado, en caso este sea amparado por el Poder Judicial.

Asimismo, los Lineamientos disponen que, de declararse fundada la demanda promovida por la CLC, y salvo que el juez establezca lo contrario, el resarcimiento o indemnización se concretará a través de la compensación directa a favor de los consumidores identificados por el Indecopi y de los que hayan acreditado su condición de afectados ante la Secretaría Técnica. De no ser posible dicha identificación o de existir un saldo, se transferirá dicho monto a favor de entidades sin fines de lucro.

En los Lineamientos también se abordan aspectos como los tipos de casos en los que la CLC planteará las demandas indemnizatorias, las empresas que podrán ser demandadas, la determinación del grupo de consumidores afectados, el plazo prescriptorio para presentar la demanda (dos años desde que la resolución que sancione la conducta anticompetitiva quede firme), la publicidad de la demanda compensatoria frente a los consumidores y las alternativas para ejecutar la condena para resarcir los daños.

También para consumidores en general

Por su parte, la directora (e) de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, Ana Peña, refirió que vienen trabajando en una normativa similar a los Lineamientos de Resarcimiento de libre competencia, pero aplicados a infracciones al Código del Consumidor, que facilite al Indecopi las demandas colectivas para indemnizar a los consumidores afectados por empresas y grupos económicos en general.

«En ese sentido pondremos en marcha todas las acciones necesarias en el Indecopi para materializar y llevar al Poder Judicial la defensa de los intereses colectivos de las personas que han sufrido daño por alguna conducta ilegal de una empresa o un grupo económico, esto va a representar un beneficio concreto para estas personas», señaló.

El Indecopi ratifica así su esfuerzo y compromiso para promover una cultura de libre competencia, fortalecer el cumplimiento de las leyes de la materia y asegurar el correcto funcionamiento del mercado para el bienestar de los consumidores.

Para conocer más sobre estos Lineamientos, el Indecopi ha elaborado el siguiente video informativo.

Labor de la CLC

La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Indecopi monitorea, fiscaliza y vela por el cumplimiento de las normas del mercado para identificar infracciones a la libre competencia que podrían afectar a la economía de los ciudadanos y a la sociedad en general.

Así, en los últimos cinco años se han sancionado casos de concertación y cárteles en los mercados de farmacias, hemodiálisis, oxígeno medicinal, gasolinas, diésel, balón de gas, transporte marítimo y terrestre, entre otros.

Fuente: El Peruano


Lineamientos sobre resarcimiento a consumidores por conductas anticompetitivas

Lineamientos sobre resarcimiento a consumidores por conductas anticompetitivas

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Written by Miguel Ampudia Belling

Abogado por la UNMSM. Maestrando en Gerencia Pública por la Escuela de Posgrado - Universidad Continental. Miembro fundador del Grupo de Estudios de Derecho Mineroenergético – GEDEM. Director de Peruweek.pe.
(Contacto: +51 980326610 | peruweek@peruweek.pe)

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